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Tribunal · solo Pro
BOW INVERSIONES LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-10-2018 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE+9.000M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de BOW Inversiones contra Liquidación N°5 del SII por AT 2012, dejando sin efecto solo conceptos E y F relativos a pérdidas en enajenación de acciones de Retail S.A., confirmando el resto de la liquidación.
BOW Inversiones Limitada reclama contra Liquidación N°5 (28.08.2014) por $13.907.282.787 en impuesto de primera categoría AT 2012. El SII rechazó pérdidas tributarias y aplicó tasación respecto a: (A) pérdida en cesión de créditos de Johnson's S.A. por $62.575.773.163; (B) pérdidas en enajenación de acciones de Retail S.A. a Cencosud Tiendas S.A. mediante dación en pago ($27.249.634.995) y aporte por aumento de capital ($16.986.273.305); (C) otras partidas por pérdidas financieras y asientos contables. La reclamante alegó que las operaciones fueron efectuadas en contexto de distress financiero
El tribunal analizó cada concepto objetado. Respecto a la cesión de créditos (Concepto D), determinó que la pérdida es ficticia basada en asientos contables sin sustento material, pues el costo real del crédito para la reclamante fue $17.566.000.000 (no el valor nominal de $62.575.773.163), generando utilidad en lugar de pérdida. Respecto a Conceptos E y F (enajenación de Retail S.A.), el tribunal estimó que el SII no acreditó suficientemente el precio de mercado más allá del patrimonio financiero, y que operaciones entre partes no relacionadas en contexto de distress justifican pérdidas coher
Acoge parcialmente reclamo dejando sin efecto solo Conceptos E y F de Liquidación N°5 (28.08.2014). Confirma lo demás de la liquidación. Ordena reliquidación de impuesto de primera categoría AT 2012 según lo resuelto. No condena en costas al reclamante por no haber sido totalmente vencido.
lpp
“BOW INVERSIONES L IMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
CONTRIBUYENTES”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
Providencia, treinta de octubre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
El escrito de fecha 17 de diciembre de 2014, de fs. 203 a 258, en el cual comparece don Juan Manuel Baraona Sainz , abogado, en calidad de mandatario judicial de BOW
INVERSIONES LIMITADA RUT N° 76.118.912-3, sociedad de inversión y rentista de capitales en general , con domicilio en Av. Vicuña Mackenna 7735, oficina 1 404, La Florida, Región Metropolitana, quien interpone reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Liquidación N° 5, de fecha 28.08.2014, por rechazo de pérdida tributaria y aplicación de tasación respecto de aporte de acciones, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS, DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES, Rut N°60.803.000-K, representado legalmente por don Cristian Vargas Méndez , Subdirector Jurídico , ambos domiciliados en calle Almirante Lorenzo Gotuzzo N° 124 , Comuna de Santiago, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 a 2, Comprobante de Distribución de Causas y presuma.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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