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Tribunal · solo Pro
ABC INVERSIONES LIMITADA con SII-GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 21-03-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de ABC Inversiones Limitada contra liquidaciones del SII por no haber considerado su calidad de institución financiera para deducción de castigo de créditos incobrables.
ABC Inversiones Limitada, dedicada a emisión de tarjetas de crédito e inscrita en el Registro de Emisores y Operadores de Tarjetas ante la SBIF, fue fiscalizada por el SII en años 2007 a 2011. El SII emitió Liquidaciones Nos. 25, 43-47, 5-6 y 41-43, en períodos 2010-2014, rechazando la deducción de castigo de créditos incobrables por no reconocer a la reclamante como institución financiera. La reclamante alegó que cumplía con ser institución financiera conforme normativa de la SBIF y Banco Central, teniendo derecho a deducir tales castigos según normas especiales.
El Tribunal analiza si la reclamante detentaba calidad de institución financiera a fecha de los hechos (2007-2011). Considera que el Certificado emitido por la SBIF el 13.07.2017 acredita que ABC Inversiones tuvo tal calidad desde 06.09.2006 hasta 06.02.2015. Aunque la documentación se aportó fuera de la etapa administrativa, el Tribunal estima que no le fue específicamente requerida en citaciones conforme artículo 132 del CT, por lo que no está afectada por inadmisibilidad. Advierte que el SII incumplió obligación de solicitar documentos aclaratorios durante fiscalización conforme artículo 87
Se acoge reclamo de ABC Inversiones Limitada. Se dejan sin efecto Liquidaciones Nos. 25 (30.08.2010), 43-47 (20.06.2010), 5-6 (20.04.2011) y 41-43 (29.08.2014). Se ordena al SII remitir copias de actos administrativos a emitir en cumplimiento. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
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MTA
“ABC INVERSIONES LIMITADA con SII-GRANDES CONTRIBUYENTES”
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
En Providencia, a veintiuno de marzo de dos mil diecinueve.
VISTOS:
El escrito de fecha 11.02.2011, de fojas 03 a 30, por el cual comparece don Francisco Samaniego Sangroniz , C.I. N° 6.374.439-5, en representación de ABC INVERSIONES LIMITADA, RUT 79.589.100-5, con domicilio en Nueva de Lyon Nº 72, piso 6°, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, quien interpuso reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Liquidación de Impuestos N° 25, de fecha 30.08.2010, emitida por la DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
Rolan en autos:
A fojas 1: Comprobante de distribución de causa, Rol · solo Pro, Rol · solo Pro.
A fojas 3 a 244: Carátula y escrito de Reclamo Tributario; solicitud de revisión de la actuación fiscalizadora y su notificación; copia simple de carta y circulares; resolución del señor Director Regional Metropolitano Santiago Oriente del SII, de 11.02.2011 ; Informe de señora Fiscalizadora N° 87/2011 y observaciones al Informe; Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo; fotocopia simple de Liquidación de Impuesto número 25, de 30.08.2010; resolución del señor Director Regional Metropolitano Santiago Oriente del SII, de 04.11.2011; escrito de la parte reclamante interponiendo Recurso de Reposición y resolución que recae en el Recurso ; escrito de la parte reclamante acompañando documentos y Resolución que recae en la presentación; escrito de Delega Poder de la parte reclamante y resolución que recae en la presentación; escritos de Téngase Presente de la parte reclamante y resoluciones que recaen en dichas presentaciones; Informe 127/2013 del SII y resolución que lo incorpora; escrito de la parte reclamante formulando observaciones 2 al informe del fiscalizador y resolución que lo provee ; escrito de la parte reclamante comunicando el ejercicio del derecho de opción,
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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