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Tribunal · solo Pro
COMERCIAL HUAL TRADING LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-05-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE+100M
Tribunal acoge reclamo de Comercial Hual Trading Limitada contra liquidaciones de crédito fiscal IVA por prescripción ordinaria de 3 años, al no acreditarse malicia en declaraciones para aplicar plazo extraordinario de 6 años.
Comercial Hual Trading Limitada fue fiscalizada por el SII respecto de crédito fiscal IVA de períodos junio 2009 a febrero 2011. El SII cuestionó operaciones con 15 proveedores considerando facturas ideológicamente falsas. Tras citaciones y aporte de documentación, el SII emitió liquidaciones rechazando créditos fiscales de 5 proveedores por $647.247.056. La reclamante acreditó emisión de facturas, guías, cheques y transferencias. El SII dedujo querella penal contra representantes de la empresa, pero fiscalía decidió no perseverar por falta de antecedentes suficientes.
El SII fundamentó la aplicación del plazo extraordinario de 6 años de prescripción argumentando declaraciones maliciosamente falsas. Sin embargo, el tribunal constató que no fue acreditada la falsedad y malicia en el actuar de la reclamante. La querella penal fue desestimada por el Ministerio Público al no reunir antecedentes suficientes, por lo que no puede acreditarse participación dolosa de los representantes. La Circular 73/2001 del SII ordena que la malicia debe ser acreditada por el Servicio. La reclamante aportó documentación íntegra de operaciones, facturas, guías y comprobantes de pag
Se acoge el reclamo. Se declaran prescritos los cobros de las liquidaciones reclamadas. Se dejan sin efecto liquidaciones 275 a 289 de 11.09.2015 y 116 a 119 de 30.08.2016. Se rechaza condena en costas.
1 s.s.
“COMERCIAL HUAL TRADING LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
CONTRIBUYENTES”.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a veintiocho de mayo del dos mil diecinueve.
VISTOS:
El escrito de fecha 29.12.2015, rolante de fs. 43 y sgtes., don Jaime Reyes Carrasco, abogado, en representación convencional de COMERCIAL HUAL TRADING LIMITADA, sociedad del giro comercial, RUT N° 96.956.080-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Evaristo Lillo # 112, piso 4, Las Condes, Santiago , DEDUCE RECLAMO EN CONTRA DE LAS LIQUIDACIONES N° 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286, 287, 288, 289 , todas de fecha 11.09.2015, referentes a crédito fiscal IVA, de los períodos junio 2009 a febrero del 2011, por la suma total de $647.247.056.-, emitidas por la DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES DEL SII RUT N° 60.803. 000-k, representado legalmente por su Director don Bernardo Seaman González , nombrado mediante Resolución SIIPERS. EX. N°488, de 30.07.2013 , ambos domiciliados en calle Teatinos 120, Quinto piso, Santiago, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fojas 1 a 42, Comprobante de distribución de causa, Fotocopias simples de las Liquidaciones N°s 275 y 289 , de fecha 11.09. 2015, emitidas por la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII y Escritura Pública de Mandato Judicial suscrito ante la Notario doña María Gutiérrez Rivera, con fecha 03.11.2015.
A fs. 43 a 94, Escrito mediante el cual la reclamante deduce reclamo en contra de las Liquidaciones ya individualizadas, acompaña personería y documentos, solicita aviso de notificación y señala domicilio, resolución que lo provee y testimonio de notificación. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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