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Tribunal · solo Pro
AMO Y COMPANIA S.A. con SII
Fecha: 26-12-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de impuesto de primera categoría por falta de acreditación de gastos deducibles en sede administrativa y judicial.
AMO Y COMPAÑÍA S.A., empresa dedicada a instalación, construcción de obras públicas, comercialización de áridos y chatarra, presentó declaración de renta AT 2014. El SII notificó requerimiento de antecedentes el 25.02.2015 y citación el 09.03.2015 para aclarar inconsistencias. Al no cumplir, se emitieron liquidaciones N°s 905 y 906 del 14.08.2015 por $169.926.346 en impuesto neto más reajustes e intereses por $224.194.024. La reclamante cuestionaba agregados por depreciación, intereses y gastos deducibles.
El tribunal analiza que en materia tributaria rige el principio de autodeclaración, siendo responsabilidad del contribuyente acreditar con documentos la verdad de sus declaraciones conforme artículo 21 del Código Tributario. Para deducir gastos de renta líquida de primera categoría (artículos 29-33 LIR), deben cumplirse requisitos: necesariedad, no doble rebaja, efectividad del pago, acreditación fehaciente y correspondencia temporal. La reclamante solo aportó balance tributario AT 2013 sin documentación de respaldo, incumpliendo el deber de probar en sede administrativa donde correspondía hac
Se rechaza el reclamo y se confirman íntegramente las liquidaciones N°s 905 y 906 de 14.08.2015. Se condena a la reclamante al pago de $500.000 en costas por haber sido completamente vencida.
PA
“AMO Y COMPAÑÍA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI
DR SANTIAGO SUR”.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve.
VISTOS.
El escrito de fecha 04.12.2015, mediante el cual don Lyncoln Raúl Amo Riffo, en representación de AMO Y COMPAÑÍA S.A., RUT N° 96.787.270-9, con actividad de instalación, construcción obras públicas, comercialización de áridos. desechos industriales y chatarra. exp. maquinaria, domiciliado en calle Serrano N° 0225, Villa La Granja, comuna de La Granja, Región Metropolitana, deduce reclamo en contra de las Liquidaciones Nos 905 y 906, de fecha 14.08.2015, notificadas mediante cédula el 17.08.2015, por un impuesto neto total de $169.926.346.-, más reajustes e intereses que totaliza la suma de $224.194.024.-, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XVI DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO SUR, RUT N°60.803.315-7, representada legalmente por don Miguel Angel Iluffi Cuevas, Director de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), según Resolución SII TRA N° 246/1750/2015, de fecha 30.10.2015, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N° 1273, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 a 37, comprobante de distribución de causa; copia de Notificación N°542/2, de fecha 17.08.2015, emitida por el Servicio de Impuestos Internos; copia de Liquidaciones N°s 905-906, de fecha 14.08.2015, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos; copia de Balance Tributario de Amo y Compañía S.A, período diciembre de 2013; copia de inscripciones del Registro de Comercio de Santiago de poderes de don Lyncoln Raúl Amo Riffo; escrito de reclamo; resolución del Tribunal que tiene por interpuesto el reclamo, confiere traslado y su correspondiente testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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