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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES Y MANDATOS S.A. con SII
Fecha: 28-02-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidaciones por gastos no acreditados (honorarios de directora, corredora y abogado) que no cumplen requisitos del artículo 31 LIR, confirmándose gravamen del artículo 21 LIR y rechazo por falta de prueba fehaciente de servicios efectivamente prestados.
INVERSIONES Y MANDATOS S.A. fue fiscalizada por gastos deducidos en AT 2013-2014. Se cuestionaron honorarios pagados a la directora María Angélica Mackenna, a corredora María Gallardo y abogado Carlos Lira. Contribuyente presentó declaraciones rectificatorias voluntarias subsanando algunas partidas. SII emitió Liquidaciones 201-203 rechazando gastos no subsanados por falta de acreditación. Representante legal fue condenado penalmente por delitos tributarios en causa paralela, constando uso de boletas sin servicios reales.
Tribunal establece que artículo 31 LIR exige acreditar gastos fehacientemente. Respecto a honorarios de directora: no se probó efectiva prestación de servicios pese a actas de directorio; testimonios de terceros (Lira, Ibáñez, Chamorro) declararon que no prestó servicios reales. Jurisprudencia citada sobre dietas de directores no es aplicable sin prueba de servicios efectivos. Partidas de corredora y abogado: solo se aportaron boletas sin contratos, informes ni respaldos de desembolsos. Declaración de Lira reconoció facilitar boletas sin servicios reales. Contribuyente no cumplió carga probato
Rechaza reclamo. Confirma íntegramente Liquidaciones 201, 202 y 203 de 11.08.2016. Sin condena en costas por motivos plausibles para litigar.
LPP 1
“INVERSIONES Y MANDATOS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV
DR STGO ORIENTE”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
En Providencia, a veintiocho de febrero de dos mil veinte.
VISTOS:
El escrito de 23.11.2016, de fs. 24 a 37, en el que compareció don Renato Catalán
Barahona, abogado en representación judicial de INVERSIONES Y MANDATOS S.A. , sociedad del giro inversiones, Rol Único Tributario número 96.544.690-7, con domicilio en Av. Vitacura N° 2939, piso 8 , comuna de Las Condes , Región Metropolitana, quien interpone reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la s Liquidaciones Nos 201 a 203, de fecha 11.08.2016, que grava con impuesto único establecido en el artículo 21 de la L.I.R. y con Impuesto de Primera Categoría respecto a los AT 2013 y 2014, en virtud de haberle rechazado gastos que indica, por un total de $68.393.026.-, más reajustes e intereses y multas , emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE , Rut N°60.803.000 -K, representado legalmente por don Bernardo Lara Berríos, Subdirector Jurídico del S.I.I., ambos domiciliados en calle Teatinos N° 120, Comuna de Santiago, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de Distribución de Causas.
A fs. 2 a 39, Reclamo tributario ; documentación que acompaña consistente en: -
Liquidaciones Nos 201 a 203 y su acta de notificación ; - Acta de Sesión de Directorio N° 3 de fecha 23.12.1988; Acta de Sesión de Directorio N° 40 de fecha 26.12.2002; - Copia de mandato judicial; Resolución del Tribunal que provee el reclamo, confiere traslado al S.I.I. y testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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