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Tribunal · solo Pro
OLEA SCHIAVINI con SII
Fecha: 12-05-2021 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de socio contra liquidaciones de Impuesto Global Complementario por años 2012-2013, que incluyeron diferencias determinadas a la sociedad en que participa, por falta de prueba desvirtuante en sede administrativa.
Don Giancarlo Olea Schiavini, socio con 50% de participación en SOMCA Maquinaria Agroindustrial Ltda., fue liquidado por Impuesto Global Complementario para AT 2012 y 2013 mediante Liquidaciones Nos 445 y 446 de 31.08.2015, por $8.887.549 más reajustes e intereses. Las liquidaciones incorporaron diferencias determinadas a la sociedad por inversiones en fondos mutuos no justificados y gastos no acreditados. El contribuyente no presentó declaración F22 y fue citado mediante Citación N°51 de 30.04.2015 para acreditar los hechos.
El tribunal considera que las diferencias determinadas a la sociedad se consideran retiros de los socios conforme a los artículos 21 y 33 de la LIR, siendo aplicables al Impuesto Global Complementario del contribuyente. Establece que en sede jurisdiccional no procede efectuar nueva auditoría de antecedentes no acompañados en la etapa administrativa. El reclamante no desvirtuó las impugnaciones del SII en la forma y por los medios que la ley establece. Siendo obligación del contribuyente acompañar documentación solicitada por el SII durante la fiscalización, la presentación tardía de antecedent
Se rechaza el reclamo. Se confirman las Liquidaciones Nos 445 y 446 de 31.08.2015. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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MTA
“OLEA SCHIAVINI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SUR”
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
En Providencia, a treinta de diciembre de dos mil veinte.
VISTOS:
El escrito de fecha 17.12 .2015, por el cual compareció don GIANCARLO OLEA
SCHIAVINI, C.I. 10.265.600-8, domiciliado en Avenida Presidente Jorge Alessandri N°20130, KM 25 Longitudinal, comuna de San Bernardo, Santiago, Región Metropolitana ; quien dedujo reclamo en contra de la s Liquidaciones Nos 445 y 446, de 31.08 .2015, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
Rolan en autos, A fojas 1 a 9 , comprobante de Distribución de Causa; fotocopia simple de Liquidaciones N os 445 y 446, de 31.08.2015 ; reclamo tributario, resolución que provee la presentación y testimonio de su notificación.
A fojas 10 a 16, fotocopia simple de Declaración de Impuesto Global Complementario de don Gian Carlo Olea Schiavini, F22, AT 2013, de 14.04.2016; escrito de la parte reclamante complementando reclamo y acompañando documentos , resolución que lo provee, confiere traslado al reclamo y testimonio de su notificación.
A fojas 17 a 2 6, fotocopia simple de Resolución TRA N° 246/1750/2015, de 30.10.2015; escritos de la parte reclamada asumiendo representación y evacuando traslado, resolución que los provee y testimonio de su notificación.
A fojas 27 a 28 , resolución del Tribunal dando curso progresivo a los autos y testimonio de su notificación.
A fojas 29 a 33, resolución del Tribunal recibiendo la causa a prueba, testimonio de su notificación y comprobante de notificación de Correos de Chile.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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