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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA E INVERSIONES TRENTO SPA con SII
Fecha: 30-05-2022 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de Impuesto de Primera Categoría 2013 por falta de acreditación de hechos que desvirtuaran el acto, confirmándose la liquidación íntegramente.
Inmobiliaria E Inversiones Trento SpA presentó declaración de Impuesto a la Renta formulario 22 para el año tributario 2013. El SII objetó la declaración por observaciones A99 (crédito excesivo por impuesto territorial), B21 (discrepancia en remanente FUT) y F53 (inconcurrencia a fiscalización). La contribuyente fue requerida el 13.08.2013 para subsanar, respondió tardíamente el 18.03.2014 sin cumplir lo solicitado. Mediante Citación N°132318130 del 16.12.2015 se requirieron antecedentes sin respuesta. Se emitió Liquidación N°315105000321 del 22.03.2016 por $2.511.276 rechazando $3.433.023 de
El tribunal constató como hecho pacífico que la reclamante reconoció errores en su declaración de renta 2013 respecto del crédito por impuesto territorial y cálculo de capital propio de años anteriores. La contribuyente no subsanó las observaciones administrativas pese a requerimientos. Los documentos aportados en juicio (propuestas de declaración y balances en hojas simples sin respaldo) carecían de validación por el SII y presentaban inconsistencias con lo alegado. El tribunal concluyó que la carga de prueba correspondía a la reclamante y no logró acreditar fehacientemente hechos que desvirt
No ha lugar al reclamo. Se confirma íntegramente la Liquidación N°315105000321 del 22.03.2016. No se condena en costas a la parte vencida por haber tenido motivos plausibles para litigar.
Avm.-
INMOBILIARIA E INVERSIONES TRENTO SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS XV DR STGO ORIENTE.
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
En Providencia, a treinta de mayo de dos mil veintidós.
VISTOS:
El escrito, de 07.07.2016, en que comparece don Francisco Jiménez Tossi, abogado, en representación convencional de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES TRENTO
SpA, RUT N°79.910.820 -8, del giro de su denominación, domiciliada en calle Simón Bolivar N°2.486, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quien deduce reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Liquidación N°315105000321, de 22.03.2016, que le liquidó impuesto de Primera Categoría para el Año Tributario 2013, en la suma de $2.511.276.-, emanada de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, RUT N°60.803.315-7, representado en autos por su Director Regional don Christian Soto Torres, ambos domiciliados en calle General del Canto N°281, piso 10, oficina 1.003, comuna de Providencia, Región Metropolitana. Rolan en autos, A fojas 1 a 30, Comprobante de Distribución de Causas. Escrito de reclamo y antecedentes fundantes acompañados, con la resolución que tuvo por interpuesto el reclamo y confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos (SII), con su testimonio de notificación por el sitio de internet del tribunal a la parte reclamante y por correo electrónico al Servicio reclamado.
A fojas 31 a 48 , Escrito por medio se asumió la representación del Servicio de Impuestos Internos con su antecedente y otro mediante el cual se evacuó el traslado conferido, con la resolución que los proveyó y tuvo por evacuado el traslado, con su notificación en forma legal.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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