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Tribunal · solo Pro
AZOCAR ESCALONA con SII
Fecha: 29-07-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de impuestos por no acreditarse origen de fondos en inversiones inmobiliarias y en acciones durante 2013.
Violeta Rosa Azocar Escalona fue fiscalizada por el SII respecto de inversiones en bienes raíces ($37.537.665) y acciones ($58.684.852) realizadas en 2013, que no guardaban relación con sus declaraciones de renta. Se emitió Liquidación N°316000000198 de marzo 2016 por diferencias de $28.958.805 en impuestos. Tras reposición administrativa, se modificó a $20.867.243. La contribuyente reclama alegando que el bien raíz fue financiado con préstamo de su hermana y las acciones con retiros de Transportes Azocar Ltda., empresa con renta presunta.
El tribunal analiza los artículos 70 y 71 de la LIR, estableciendo que corresponde al contribuyente probar el origen de fondos conforme artículo 21 del Código Tributario. Respecto al bien raíz, aunque el mutuo es contrato consensual, requiere documentación para efectos probatorios; la reclamante solo presentó vale vista sin contrato ni documentos de transferencia. En cuanto a acciones, aunque no está obligada a llevar contabilidad, al alegar rentas efectivas superiores a las presuntas debe acreditarlo con contabilidad fidedigna conforme artículo 71. La inversión en acciones ($45.463.852) es ma
Se deniega el reclamo y se confirma la Liquidación N°316000000198 modificada por Resolución Ex. N°657 de 01.07.2016 en $20.867.243. Se condena a la reclamante al pago de $500.000 por costas.
“AZOCAR ESCALONA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SANTIAGO SUR”
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
SGP.
Providencia, a veintinueve de julio de dos mil veintidós.
VISTOS:
El escrito de fecha 25.07.2016, rolante de fs. 5 a 13 , mediante el cual don Rubén Vargas Rodríguez , RUT N° 11.947.866-9, en representación de doña VIOLETA ROSA AZOCAR ESCALONA , RUT N° 12.634.960-2, ambos domiciliadas en calle
Merced 838 A oficina 111, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de la Liquidación N°316000000198 , de fecha 22.03.2016, notificada con fecha 09.04.2016, relacionada con Impuesto Global Complementario por $9.576.814.-, e Impuesto de Primera Categoría por $19.381.991.-, Año Tributario 2013, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XVI DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO SUR, RUT N°60.803.408-0, representado legalmente por doña MARGARITA LEÓN DÍAZ , Director a Regional (s) de la XVI D.R.M. Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SIIPERS. EXENTA N° 3959 de 13.03.2017, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1273, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 comprobante de distribución de causa.
A fs. 2 a 4, documentos acompañados por la reclamante: Fs. 2, Identificación del ítem considerado físico no escaneable; a fs. 3 a 4, Mandato judicial de fecha 25.07.2016.
A fs. 5 a 13, escrito de reclamo.
A fs. 14 a 15, resolución del Tribunal , previo a proveer y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs. 16 a 34, escrito de la reclamante, cumple lo ordenado y acompaña el acto reclamado.
A fs. 35 a 36, resolución del Tribunal , previo a proveer y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs. 37, Certificación.
A fs. 38 a 39, resolución del Tribunal que provee el escrito de reclamo, da traslado y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs. 40, Certificación de custodia N° 86 – 2017.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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