Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

HA LUGAR EN PARTECorte de Apelaciones de Santiago · Rol 84-201522 sep 2015

Asesorias Rio Najerillas LTDA con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol84-2015
Fecha sentencia22 sep 2015
RecursoApelación
ResultadoHA LUGAR EN PARTE

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Devolución de impuestos por PPUA rechazada por el SII por falta de antecedentes durante fiscalización. La Corte anuló la sentencia de primer grado por no resolver el fondo y mandató a otro juez que dicte sentencia considerando toda la prueba aportada en el proceso.

Análisis del SII

La I. Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de apelación del contribuyente y revocó la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Metropolitana, que rechazó el reclamo deducido en contra de una resolución exenta que negó lugar a una devolución de impuestos por PPUA.

La Corte señaló que la controversia radicara en determinar si el contribuyente aportó, durante la etapa de fiscalización, los antecedentes requeridos por el Servicio con el fin de verificar la exactitud de la información vertida en su formulario 22; y, en determinar si se cumplieron los requisitos para hacer procedente la devolución solicitada.

El a quo, por su parte, rechazó el reclamo de la contribuyente debido a la inactividad probatoria de esta, y por estimar que según lo dispuesto por los artículos 1°, 19 letra c) y 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; 6° letra B) número 5), 115, 124 y 126 del Código Tributario; y 1° números 3) y 4) de la Ley N° 20.322, no resultaría ajustado a Derecho que el tribunal se abocara a examinar antecedentes que el contribuyente dejó de aportar durante el procedimiento administrativo iniciado con su solicitud de devolución de impuestos –sin invocar y acreditar algún impedimento que justifique su omisión– y que luego aporta a un proceso incoado ante el tribunal, pretendiendo que este los examine y que, en virtud de ello, ordene dar lugar a la devolución que la reclamada denegó por falta de antecedentes, puesto que el desarrollo de tales labores importaría una intromisión en las funciones de aplicación y fiscalización de los impuestos internos que la ley ha encomendado exclusivamente a la reclamada.

La Corte señaló que por mandato del artículo 115 del Código Tributario, modificado por la Ley N° 20.322, los Tribunales Tributarios y Aduaneros son los llamados por el Ordenamiento Jurídico a dirimir las cuestiones promovidas por los contribuyentes por las decisiones adoptadas por el Servicio, debiendo hacerse cargo de las argumentaciones de las partes, la prueba rendida por las mismas en la fase correspondiente y las dispuestas por el tribunal, en la sentencia definitiva que culmina el proceso judicial.

Agregó que el a quo en su sentencia no resolvió la controversia de fondo, esto es, la procedencia o no de la devolución solicitada, razón por la que corresponde disponer que el juez no inhabilitado conozca los antecedentes y dicte la sentencia definitiva de acuerdo a lo obrado en el juicio, de lo contrari o afirmó, la Corte estaría emitiendo pronunciamiento en única instancia.

Texto de la sentencia

Santiago, veintidós de septiembre de dos mil quince.

Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes enmiendas:

Se eliminan los considerandos 10°), 11°) y del 14°) al 24°).

Y SE TIENE, EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE:

Primero: Que la controversia conforme a la sentencia interlocutoria de prueba que se reproduce en el motivo 4°) del impugnado fallo de primer grado, estaba circunscrita, en síntesis, a la actividad desarrollada por el contribuyente ante el órgano estatal en la fase de fiscalización; y, en segundo lugar, la veracidad de verificarse los presupuestos de hecho que hacen procedente la devolución solicitada por la reclamante en su declaración anual para el año tributario 2012.

Segundo: Que, trabada la litis y por mandato del artículo 115 del Código Tributario, modificado por la Ley N° 20.322, los Tribunales Tributarios y Aduaneros son los llamados por el Ordenamiento Jurídico a dirimir las cuestiones —entre otras- promovidas por los contribuyentes por las decisiones adoptadas por el Servicio de Impuestos Internos, debiendo hacerse cargo de las argumentaciones de las partes, la prueba rendida por las mismas en la fase correspondiente y las dispuestas por el tribunal, en la sentencia definitiva que culmina el proceso judicial, sin perjuicio de la apelación dispuesta por el legislador para quien resulte vencido.

Tercero: Que, entonces, no habiéndose resuelto la controversia de fondo, esto es, la procedencia o no de la devolución solicitada al Servicio de Impuestos Internos por la contribuyente "Asesorías Río Najerillas Ltda." corresponde disponer que el juez no inhabilitado conozca los antecedentes y dicte la sentencia definitiva de acuerdo a lo obrado en el este juicio, evitando de este modo que esta Corte proceda a emitir pronunciamiento en única instancia, conforme se ha decidido en los ingresos Tributario y Aduanero, números 75, 129 y 141 de 2015.

Por lo expuesto y lo prevenido en los artículos citados y 140 del Código Tributario, SE REVOCA la sentencia en alzada de diez de marzo pasado, escrita de foja 126 a 131 vuelta; y se dispone que el juez no inhabilitado que corresponda dicte la sentencia definitiva conforme al mérito del proceso y las pruebas aportadas al mismo.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

ARTÍCULOS 115, 124 Y 126 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en apelación: la proporción medida sobre los 494 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

Ha LugarRol 236-2022Corte de Apelaciones de Santiago4 ene 2023

Toro Barasorda con Tesoreria General de la Republica

Prescripción extintiva de acción de cobro de impuestos. La Corte acogió el recurso de apelación de la TGR y anuló la sentencia que había rechazado la excepción de incompetencia absoluta, concluyendo que los Tribunales Tributarios carecen de competencia para conocer demandas declarativas de prescripción.

Apelación
Ha LugarRol 50-2022Corte de Apelaciones de Santiago24 ago 2022

Cesmec S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Corte anuló sentencia que rechazó reclamo tributario por devolución de impuestos. Tribunal de primera instancia limitó su revisión a antecedentes disponibles al momento del acto administrativo, omitiendo valorar prueba documental válidamente aportada en juicio, infringiendo el debido proceso tributario.

Apelación
Ha LugarRol 20-2015Corte de Apelaciones de Puerto Montt29 dic 2015

Sociedad Agricola las Mercedes LTDA con Servicio de Impuestos Internos

Contribuyente solicitó nulidad de liquidaciones de impuesto de primera categoría por contravención al artículo 26 del Código Tributario. La Corte rechazó la demanda por incompetencia material, al ser la nulidad de derecho público materia de tribunales ordinarios, no tributarios.

Apelación
Ha LugarRol 19-2015Corte de Apelaciones de San Miguel11 dic 2015

San Jose de Familia S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Contribuyente reclamó liquidación de impuesto de primera categoría por diferencias en ingresos de subvención, cuestionando vicios en actos preparatorios y en la liquidación misma. La Corte confirmó el rechazo de la reclamación, considerando que los conceptos estaban claros y el contribuyente tenía herramientas para responder.

Apelación
No Ha LugarRol 200-2015Corte de Apelaciones de Santiago11 nov 2015

Farias Contreras Jorge Benito con Servicio de Impuestos Internos Centro

Corte revocó sentencia de primer tribunal que acogió reclamo contra liquidaciones de impuestos por falta de fundamentación administrativa. Ordenó reenvío para que se resuelva sobre el fondo de la controversia respecto al faltante en caja y subdeclaración de base imponible.

Apelación
Ha LugarRol 94-2015Corte de Apelaciones de Santiago29 sep 2015

Sermob S a con Servicio de Impuestos Internos

Devolución de impuesto denegada por falta de antecedentes aportados por el contribuyente. La Corte revocó la anulación de la resolución del SII, considerando que esta fue consecuencia lógica de la inactividad probatoria.

Apelación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y resultado, en las más de 1.700 sentencias de tribunales superiores de la base.

Conoce Pro