Cantuarias Larrondo Eugenio con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Valparaíso |
|---|---|
| Rol | 20-2019 |
| Fecha sentencia | 31 may 2019 |
| RUC | 17-9-0000926-7 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | HA LUGAR |
| Resuelve a favor de | SII |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe revoca sentencia del TTA que rechazó incidente de extemporaneidad. La Corte acoge la excepción del SII por reclamo presentado fuera del plazo de 90 días, considerando que el contribuyente tenía conocimiento del giro desde febrero de 2017.
Texto de la sentencia
Valparaíso, treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve.
1º Que más allá de todas las otras notificaciones que puedan impugnarse o debatirse, respecto del giro de que se trata, lo cierto es que el 17 de febrero de 2017 don Pablo Rojas, por el contribuyente don Eugenio Cantuarias , presentó ante Impuestos Internos una solicitud de suspensión de la cobranza judicial del giro pertinente.
2 º Que el Sr. Rojas era el contador del contribuyente reclamante, lo que consta de la declaración de impuesto de renta de éste, la cual tiene el carácter legal de declaración jurada, de modo tal que no puede oírse ahora al reclamante cuando pretende que esa calidad de contador suyo, que el mismo declaró, no correspondía al Sr. Rojas. Siendo así, esa presentación supuso necesario conocimiento por parte del recurrente del giro que ahora quiere impugnar y por ende, al menos desde esa fecha debe computarse el plazo de 90 días para interponer reclamo. Como la presentación, según quedó dicho, es de 17 de febrero de 201, los 90 días estaban largamente excedidos al 05 de septiembre de 2017, cuando se presenta el reclamo. Por consiguiente, cabe acoger la incidencia presentada por el Servicio de Impuestos Internos.
Y visto además lo dispuestos en los artículos 186 del Código de Procedimiento Civil y artículo 2 y 148 del Código Tributario, se revoca la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil dieciocho, escrita de fojas 176 a 176 vuelta de estos antecedentes, dictada por el Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso, en el rol NºC-83-2017, y en su lugar se declara que el reclamo interpuesto por don Felipe Molina Marisio en representación de don Eugenio Cantuarias Larrondo, es extemporáneo
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
SE REVOCA SENTENCIA - TTA RECHAZO INCIDENTE - reclamo extemporáneo
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Servicio de Impuestos Internos con Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
SII solicitó acumular autos en dos procedimientos tributarios fundado en que nacían de la misma fiscalización. El tribunal rechazó la acumulación. SII apeló, pero la Corte declaró inadmisible el recurso por aplicación del artículo 133 del Código Tributario, que solo permite reposición en resoluciones durante la tramitación del reclamo, salvo excepciones taxativas que no incluyen la acumulación.
Carvajal Montenegro con Servicio de Impuestos Internos
Apelación subsidiaria sobre origen de fondos. La Corte confirma la resolución del Tribunal Tributario que fijó hechos sustanciales, desestimando el recurso por falta de fundamentación conforme a los artículos 132 y 148 del Código Tributario.
Servicio de Impuestos Internos con Comercializadora de Frutas Central S.A.
Nulidad de liquidaciones de IVA por vicio procesal en la citación del SII fuera de plazo. La Corte anuló todo lo obrado por incompatibilidad de acciones ejercidas simultáneamente (nulidad de derecho público y reclamo tributario) y remitió a que juez no inhabilitado dicte nueva sentencia.
Messen Gaete con Servicio de Impuestos Internos
Contribuyente impugnó liquidaciones de Impuesto Global Complementario notificadas por cédula mientras estaba fuera del país. La Corte acogió su recurso de apelación por vicio en la notificación, considerando que la cédula no era el medio idóneo dado que el recurrente no se encontraba en el territorio.
Corte de Apelaciones de Santiago – Undécima Sala
La Corte declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el SII contra la admisión de un reclamo sobre reavalúo de bienes raíces, por no cumplir con los requisitos legales para apelar. De oficio anuló lo obrado y declaró improcedente el reclamo original por falta de procedimiento especial.
Teka Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Teka Chile S.A. impugnó giros complementarios de impuesto territorial por modificación del avalúo fiscal del inmueble. La Corte rechazó la apelación por incongruencia procesal: la reclamante atacó los giros sin impugnar la Resolución Exenta que modificó el avalúo, aceptando tácitamente su validez.