Germán Faundez Fuentes con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 248.317-2023 |
| Fecha sentencia | 18 nov 2025 |
| RUC | 1810011028-4 |
| Recurso | Queja |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR |
| Resuelve a favor de | SII |
| Ministros | Leopoldo Llanos Sagrista · María Letelier Ramírez · María Gajardo Harboe · Andrea Ruiz Rosas · Carlos Urquieta Salazar |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRecurso de queja contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que aumentó multa por uso de facturas falsas (IVA y renta). Contribuyente alegó violación de legalidad, inexcusabilidad y congruencia. Corte Suprema rechazó queja confirmando que apelación contenía peticiones concretas del SII.
Análisis del SII
La Corte Suprema rechazó el Recurso de Queja interpuesto por el contribuyente respecto de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción que revocó la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción solo en cuanto aumentó el monto de la multa impuesta en procedimiento abreviado. El contribuyente acusó graves faltas o abusos en que habrían incurrido los Ministros de la Corte de Apelaciones de Concepción que consistían en: 1) Infringir el principio de inexcusabilidad, 2) Infringir el principio de legalidad, 3) Contravenir el principio de congruencia y, 4) No contener fundamentación la decisión. El recurrente, en cuanto al principio de inexcusabilidad indicó que el Tribunal de Alzada no se pronunció en lo resolutivo acerca de la inadmisibilidad promovida y su mérito. Luego, respecto al principio de ilegalidad señaló que este se transgredió al imponer una pena que excedía del máximo legal, al determinar un perjuicio superior al invocado por el acusador particular en el Juzgado de garantía, excediendo el artículo 412 del Código Procesal Penal. Por otra parte, en relación con la contravención del principio de congruencia, mencionó que se encontraba transgredido por extenderse a puntos distintos a los sometidos a su conocimiento y conceder más de lo pedido. Por último, respecto de no contener fundamentación la decisión, el contribuyente arguyó que la resolución de la Corte de Apelaciones carecía de un razonamiento, al menos expreso, de cómo arribó al monto de la multa aplicada por esta.
Lo anterior, señaló el contribuyente, se dio en el contexto que ante el Juzgado de Garantía de Concepción se llevó a cabo la audiencia de procedimiento abreviado en el que se le imputaron diversos hechos correspondientes al uso de facturas falsas. Explicó el recurrente, que el Ministerio Público solicitó seguir la audiencia conforme al procedimiento abreviado solicitando cierta pretensión punitiva. A la vez, el Servicio solicitó modificar las avaluaciones y, en concreto, los montos de la multa a los delitos contemplados en el artículo 97 N°4 inciso primero y segundo. Así, señaló el actor, que el Juzgado condenó únicamente por la figura del inciso 2 del numeral 4 referido, debido a que decía relación con el aumento indebido del crédito fiscal IVA, lo que conforme a su calidad de contribuyente especifico, generó impacto en el Impuesto a la Renta. Lo anterior, significó una multa rebajada en un 50% mas pena única de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. Por su parte, la Corte Suprema hizo suyo el fundamento del Tribunal de Alzada en cuanto a que la falta de pronunciamiento y análisis de la admisibilidad planteada por el actor no fue tal, pues se acreditó que el recurso de apelación contenía efectivamente peticiones concretas de parte del Órgano Fiscalizador tales como, la solicitud de que se castigaran separadamente las conductas del acusado conforme a las diferentes hipótesis penales previstas en los incisos primero y segundo del artículo 97 N°4 del Código Tributario y, por otra parte, el cuestionamiento que hizo de la aplicación del 50% de la multa al contribuyente, solicitando se aplicara el 100% de ella, tal como lo indicaba la norma. Asimismo, el Máximo Tribunal aclaró que, conforme a lo establecido por el Tribunal de primera instancia, el perjuicio fiscal fue determinado a partir del actuar ilícito del condenado, y que dicho hecho —no impugnado— fue el parámetro utilizado por los recurridos para cuantificar el monto de la multa, elevándolo al 100% de lo defraudado. Agregó la Corte Suprema que, en ese sentido, las críticas dirigidas a la cuantificación de la multa carecían de fundamento, ya que el parámetro utilizado (el perjuicio fiscal) no provenía de una actuación innovadora del Tribunal de Alzada, sino del fallo de primera instancia. Sobre esa base, y aplicando la norma sancionatoria que contempla una multa entre el 100% y 300% de lo defraudado, la Corte de Apelaciones la fijó en su 100%, equilibrando así los hechos establecidos con el margen legal aplicable, sin que pudiera reprocharse un actuar extralegal. Finalmente, el Máximo Tribunal concluyó que quedó demostrado, de acuerdo a la sentencia de la Corte de Apelaciones, el ejercicio argumentativo y de ponderación de los antecedentes en los que se sustentó su decisión, descartándose la existencia de falta o abuso grave. En consecuencia, se determinó que las alegaciones del contribuyente solo reflejaban una disconformidad con lo resuelto, motivo por el cual se desestimó el Recurso de Queja
Texto de la sentencia
Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco.
PRIMERO: Que, el defensor penal privado Álvaro Araya Fuentes, en representación del imputado Germán Faundez Fuentes, dedujo recurso de queja en contra de los integrantes de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, por las graves faltas o abusos en que habrían incurrido en el pronunciamiento de la resolución de veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés dictada en causa Rol de Ingreso N° 1389-2023 de la Corte de Apelaciones de Concepción.
Mediante el citado pronunciamiento, se revoca la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción de fecha seis de octubre de dos mil veintitrés en RIT 2160-2028, solo en cuanto aumenta el monto de la multa impuesta en procedimiento abreviado a la suma de $749.562.069 de pesos.
Explica que, ante el referido Juzgado de Garantía, se lleva a cabo audiencia de procedimiento abreviado, se le imputan diversos hechos correspondientes al uso de facturas falsas de los incisos 1 y 2 del artículo 97 N° 4 del Código Tributario, afectando la tributación correspondiente al IVA y al Impuesto a la Renta.
Expresa que, en aquella oportunidad, el Ministerio Público solicitó continuar la audiencia conforme al procedimiento abreviado, adecuando su pretensión punitiva y solicitando para dicho efecto, se aplique la pena única de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, multa del 100% del tributo defraudado, que asciende a $1.214.663.819, renunciando a las costas.
El acusador particular, correspondiente al Servicio de Impuestos Internos, solicita a su vez, se aplique, en el caso del inciso 1 ° del N°4 del artículo 97 del Código Tributario, la pena de 729 días de presidio menor en su grado medio y multa del 50% de lo defraudado, accesorias legales, sin costas de la causa; y en relación con el delito cometido del inciso 2 ° del N°4 del artículo 97 del Código Tributario, pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa del 100% de lo defraudado, accesorias legales, sin costas de la causa.
Y conforme indica la queja, el acusador particular en la audiencia correspondiente, modifica las avaluaciones y en concreto los montos de la multa que plantea son los siguientes: el delito contemplado en el artículo 97 N° 4 inciso primero, el 50% de la multa, correspondiente a $350.542.888 de pesos y por el delito contemplado en el artículo 97 N° 4 inciso segundo, el 100% de lo defraudado, correspondiente a $513.577.763 de pesos.
Luego, en su sentencia, el Juzgado de Garantía estima la concurrencia de un concurso aparente de leyes penales, condenando únicamente por la figura del inciso 2 del numeral 4 referido , debido a que dice relación con el aumento indebido del crédito fiscal IVA, lo que conforme a su calidad de contribuyente especifico, genera impacto en impuesto a la Renta.
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Recurso de Queja – Multa – Procedimiento abreviado – Admisibilidad del Recurso de Apelación – Principio de legalidad
Cómo resuelve este tribunal
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