Delegación de competencias en procedimientos de casación tributaria
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 15884/2024 |
| Materia | Procedimiento tributario y aduanero |
| Fecha sentencia | 7 ago 2025 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalEkono Limitada impugnó los artículos 768 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil y cuarto transitorio de la Ley N° 21.210 en gestión de recursos de casación ante la Corte Suprema. El Tribunal Constitucional rechazó la inaplicabilidad.
Normas
Texto de la sentencia
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 768
INCISO SEGUNDO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY N° 21.210, QUE MODERNIZA LA LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
EN EL PROCESO ROL N° 45.159-2024, SEGUIDO ANTE LA EXCMA. CORTE
Que, Ekono Limitada acciona de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 768 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil y cuarto transitorio de la Ley N° 21.210, que moderniza la legislación tributaria, en el proceso Rol N° 45.159-2024, seguido ante la Excma. Corte Suprema.
Preceptos legales cuya aplicación se impugna
El texto de los preceptos impugnados dispone lo siguiente:
En los negocios a que se refiere el inciso segundo del artículo 766 sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1°, 2°, 3°, 4°, 6°, 7° y 8° de este artículo y también en el número 5° cuando se haya omitido en la sentencia la decisión del asunto controvertido.”.
“Ley N° 21.210, que moderniza la legislación tributaria