Requisitos de elegibilidad para gratuidad en educación superior
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 2935/2015 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Materia | Reforma tributaria |
| Fecha sentencia | 21 dic 2015 |
| Resultado | ACOGE PARCIAL según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe impugnaron disposiciones de la Glosa 05 de la Partida 09 del proyecto de presupuestos 2016, relativas a requisitos de elegibilidad para instituciones de educación superior en el régimen de gratuidad. El Tribunal Constitucional resolvió en empate de votos.
Doctrina
La mayoría en un voto de rechazo a la petición principal argumenta que las glosas presupuestarias que establecen regulaciones para el acceso a la gratuidad en educación superior no exceden la idea matriz de la Ley de Presupuestos la cual se centra en el cálculo de ingresos y la autorización de gastos permitiendo la inclusión de normas sobre su ejecución y administración financiera. Además, sostiene que estas glosas no impiden la deliberación democrática del Congreso, ya que han sido tramitadas y aprobadas conforme a los cauces constitucionales y legales respetando el bicameralismo y las ideas matrices de la ley. La mayoría adicionalmente al rechazar la petición principal argumenta que las glosas impugnadas no infringen los artículos 63 N°20 y 67 de la Constitución descartando que se hayan desbordado las ideas matrices del Presupuesto se imponen requisitos discriminatorios o se han modificado la legislación permanente pues éstas se ajustan al marco que la Carta Fundamental señala que no es otro que aprobar el cálculo de ingresos y la autorización de gastos para el año correspondiente.
Normas
Texto de la sentencia
FORMULADA POR LOS DIPUTADOS REQUIRENTES....25
EN CUANTO A LA PETICIÓN SUBSIDIARIA Y LAS IMPUGNACIONES DE FONDO 67
DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA 79
Prevención de los Ministros señores Carlos Carmona Santander,
Gonzalo García Pino, Domingo Hernández Emparanza y Nelson Pozo Silva sobre el punto resolutivo N° 1° 98
Prevención de las Ministros señor Marisol Peña Torres y del Ministro señor Juan José Romero Guzmán sobre el punto resolutivo N° 2° 141
Prevención del Ministro señor Domingo Hernández Emparanza respecto de parte del punto resolutivo N° 2° 160
Disidencia de los Ministros señores Carlos Carmona Santander,