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INADMISIBLETC Rol N° 360826 jul 2017

Clausura de negocios por falta o incompatibilidad de patente

TribunalTribunal Constitucional
Rol3608
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - STC)
MateriaPatente municipal
Fecha sentencia26 jul 2017
SalaPrimera Sala
ResultadoINADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 58 del Decreto Supremo 2.385 de 1996 (Ley de Rentas Municipales) por falta de fundamento plausible, considerando que la requirente no explicó razonablemente cómo la norma vulneraría sus derechos constitucionales en el caso concreto.

Doctrina

La doctrina relevante establece que para declarar la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, es necesario que este se encuentre fundado razonablemente, lo que implica la aptitud de los preceptos legales objetados para contrariar, en su aplicación al caso concreto, la Constitución, lo que debe ser expuesto circunstanciadamente, explicando la forma en que se produce la contradicción entre las normas. En este caso, el requerimiento fue declarado inadmisible porque la requirente no demostró cómo el artículo 58 de la Ley de Rentas Municipales, que permite la clausura de negocios que operan sin patente o con una que no contempla el giro, infringiría los derechos constitucionales invocados en el caso concreto, dado que la actividad de explotación de máquinas tragamonedas no está regulada en la Ley de Rentas Municipales, sino en la Ley N° 19.995, que establece las bases para la autorización y funcionamiento de casinos de juego, por lo que se requerían autorizaciones previas para ejercer la actividad pretendida, y no contemplada en su patente comercial.

Normas

Preceptos impugnadosartículo 58 · Decreto Supremo N 2.385, de 1996
Constitución invocadaartículo 19artículo 93

Gestión pendiente

Causa infraccional ante el Juzgado de Policía Local de Ovalle Rol N° 2183-2017

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

Santiago, veintiséis de julio de dos mil diecisiete.

A fojas 55, a lo principal, quinto y sexto otrosíes, téngase presente; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado, al segundo otrosí, estése a lo que se resolverá, y al tercer y cuarto otrosíes, ténganse por acompañados los documentos.

A fojas 134, agréguese a los autos el oficio remitido.

1%. Que, por resolución de 10 de julio de 2017, esta

Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Carolina Miranda Arrendamiento de Juegos

Electrónicios SpA respecto del artículo 58 del Decreto

Supremo 2.385, de 1996, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que fija el Texto Refundido y Sistematizado del Decreto Ley N* 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, para que surta efectos en la causa infraccional de que conoce el Juzgado de Policía Local de Ovalle bajo el Rol N* 2183-2017;

2%. Que, en la misma resolución, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite, traslado que fue evacuado en tiempo y forma por la I. Municipalidad de Ovalle;

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

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