Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

RECHAZA INAPLICABILIDADTC Rol N° 4222/201824 ene 2019

Determinación de la base imponible del impuesto a la renta por falta de antecedentes

TribunalTribunal Constitucional
Rol4222/2018
CompetenciaInaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA)
MateriaImpuesto a la renta
Fecha sentencia24 ene 2019
ResultadoRECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se impugnó el artículo 35 del Decreto Ley N° 824 en la causa ante la Corte de Apelaciones de Santiago. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.

Doctrina

La resolución del Tribunal Constitucional en el caso Rol N° 4222-18-INA establece como Ratio Decidendi que el artículo 35 de la Ley sobre Impuesto a la Renta no vulnera el principio de legalidad tributaria, ya que los elementos esenciales de la obligación tributaria, incluida la base imponible, están suficientemente determinados en la ley, y la norma impugnada no delega en el Servicio de Impuestos Internos la creación, modificación o supresión de tributos, sino que establece un mecanismo excepcional y subsidiario para determinar la base imponible en casos donde no sea posible hacerlo de manera clara y fehaciente debido a la falta de antecedentes. Además, el Tribunal concluye que la norma no infringe el principio de igualdad tributaria, ya que su aplicación se limita a los contribuyentes que no cumplen con la carga de proporcionar antecedentes necesarios para la determinación de la renta líquida imponible, en el contexto de un sistema de autodeterminación impositiva. Asimismo, se descarta que el artículo 35 establezca tributos manifiestamente desproporcionados o injustos, dado que la presunción de renta mínima imponible es una herramienta legal que admite prueba en contrario y que busca garantizar el funcionamiento del sistema tributario frente a la omisión del contribuyente. En cuanto al derecho de propiedad, se señala que la aplicación de la norma no constituye una expropiación ni una confiscación, ya que la base imponible es fijada por la ley y no por la autoridad administrativa, y el contribuyente tiene la posibilidad de desvirtuar la presunción en sede administrativa o judicial. Finalmente, respecto al debido proceso, se concluye que la norma no lo vulnera, ya que el contribuyente tiene acceso a mecanismos administrativos y judiciales para impugnar la determinación de la base imponible y presentar pruebas que desvirtúen la presunción. Como Obiter Dicta, el Tribunal destaca que la norma impugnada se enmarca en un sistema tributario basado en la autodeterminación y que la aplicación de métodos indirectos para determinar la base imponible es excepcional y está sujeta a un control judicial riguroso. También resalta que la presunción contenida en el artículo 35 busca equilibrar la carga probatoria entre el contribuyente y la administración tributaria, fortaleciendo la posición del Fisco sin exceder los límites de la juridicidad. Asimismo, se menciona que la norma no afecta la igualdad ante la ley, ya que se aplica de manera uniforme a todos los contribuyentes que se encuentren en la misma situación de falta de antecedentes, y que su finalidad es asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en un marco de equidad y justicia.

Normas

Gestión pendiente

Causa Rol 183-2o17-TRB seguida ante la Corte de Apelaciones de Santiago

La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.

Texto de la sentencia

Santiago, veinticuatro de enero de dos mil diecinueve.

A fojas 1, con fecha 2 de enero de 2018, Inversiones del Parque Limitada deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 35 del Decreto Ley N° 824, que aprueba la Ley sobre Impuesto a la Renta, para que produzca efectos en la causa caratulada "Inversiones del Parque S.A. con Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional Santiago Centro", en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, seguidos ante la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N° 183-2o17-TRB, Libro Tributario y Aduanero.

Por resolución que rola a fojas 23, la Segunda Sala de esta Magistratura

Constitucional admitió a tramitación el requerimiento, y ordenó la suspensión del procedimiento sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Santiago y, por resolución de fojas 38, se tuvo como parte en autos al Servicio de Impuestos

Internos y se declaró admisible el libelo.

A fojas 126 el Servicio evacuó oportunamente su traslado sobre el fondo, solicitando el rechazo del requerimiento; los órganos constitucionales interesados no formularon observaciones, y a fojas 48 se agregó el oficio por el cual el tribunal de la gestión pendiente remitió las copias principales del expediente en que incide la presente acción de inaplicabilidad.

A fojas 142 se ordenó traer los autos en relación y, en audiencia de Pleno del día 17 de julio de 2018 se verificó la vista de la causa (en forma conjunta con las causas roles N°s 3915-17-INA y 4434-18-INA), oyéndose la relación pública y los alegatos de los abogados de las partes. Y, con fecha 19 de julio de 2018 quedó adoptado el acuerdo (certificado a fojas 150).

"Cuando la renta líquida imponible no pueda determinarse clara y fehacientemente, por falta de antecedentes o cualquiera otra circunstancia, se presume que la renta mínima imponible de las personas sometidas al impuesto de esta categoría es igual al lo% del capital efectivo invertido en la empresa o a un porcentaje de las ventas realizadas durante el ejercicio, el que será determinado por la Dirección Regional, tomando como base, entre otros antecedentes, un promedio de los porcentajes obtenidos por este concepto o por otros contribuyentes que giren en el mismo ramo o en la misma plaza. Corresponderá, en cada caso, al Director Regional, adoptar una u otra base de determinación de la renta.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el Tribunal Constitucional, en todas las sentencias de esta base.

Conoce Pro