Conducta punible en materia de contrabando aduanal
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 6913 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Fecha sentencia | 21 ago 2019 |
| Sala | Primera Sala |
| Resultado | INADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe impugnó el artículo 179, letra e), del D.F.L. 30, de 2004, Ordenanza de Aduanas, en gestión penal pendiente ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso. El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento por falta de fundamento plausible.
Normas
Gestión pendiente
Recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Rol IC 1265-2019 Penal
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
000 192 alude mevtuie3 de Santiago, veintiuno de agosto de dos mil diecinueve.
A fojas 93 y 125, a todo, ténganse por acompañadas las piezas remitidas.
A fojas 183, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, téngase presente.
A fojas 185, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, como se pide; al tercer y cuarto otrosíes, téngase presente.
17. Que, con fecha 29 dejunio de 2019, Victor Aravena Pardo, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 179, letra
e), del D.F.L. 30, de 2004, Ordenanza de Aduanas, en el proceso penal RUC NO
1701193971-6, RIT N* 156-2019, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso por recurso de nulidad bajo el Rol IC 1265-2019 Penal;
2”, Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala, acogiéndolo a trámite con fecha 5 dejulio de 2019, a fojas 86;