Notificación del requerimiento de pago en inmueble sujeto a impuesto territorial
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 8242 |
| Materia | Apremio por impuestos |
| Fecha sentencia | 14 may 2020 |
| Resultado | RECHAZA INAPLICABILIDAD según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe impugnó el artículo 171, inciso cuarto, del Código Tributario, que permite notificar el requerimiento de pago en la propiedad raíz objeto del impuesto territorial. En las gestiones judiciales de cobro de impuesto territorial seguidas ante el Juzgado de Letras y Garantía de Freirina, el Tribunal Constitucional rechazó los requerimientos de inaplicabilidad.
Normas
Texto de la sentencia
Sentencia Rol N° 7845-19 (7846-19, 7847-19, 8095-20, 8240-20,
8242-20, 8243-20, 8244-20, 8245-20 y 8246-20 acumuladas)
REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 171, INCISO CUARTO, DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
COMPAÑÍA MINERA SANTA MARGARITA DE ASTILLAS
EN LAS CAUSAS CARATULADAS “TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CON COMPAÑÍA MINERA SANTA MARGARITA DE ASTILLAS” SEGUIDAS
ANTE EL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE FREIRINA, Y ANTE LA CORTE DE APELACIONES DE COPIAPÓ
En autos constitucionales Roles 7.845-19, 7.846-19, 7.847-19, 8.095-20, 8.240-20, 8.242-