Resolución Exenta N° 82 de 2023

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Documento
Resolución Exenta N° 82 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
24-07-2023
Materia
Prorroga plazo para presentar los formularios números 29 y 50 hasta 31 de agosto de 2023. Conforme al decreto N° 944 de 2023
Normas citadas
Ley de la Renta (DL 824), art. 74; Ley de la Renta (DL 824), art. 78; Ley de la Renta (DL 824), art. 79; Ley de la Renta (DL 824), art. 84; Ley de la Renta (DL 824), art. 91; Ley del IVA (DL 825), art. 64; Código Tributario (DL 830), art. 29; Código Tributario (DL 830), art. 36; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
El SII prorroga hasta el 31 de agosto de 2023 el plazo de declaración y pago de los Formularios 29 y 50, aplicable a contribuyentes cuya casa matriz se ubique en las comunas de las regiones declaradas zona de catástrofe.
SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DEPARTAMENTO DE DISEÑO DE PROCEDIMIENTOS GE00253821 MATERIA: PRÓRROGA DEL PLAZO PARA PRESENTAR LOS FORMULARIOS NÚMEROS 29 Y 50 HASTA 31 DE AGOSTO DE 2023, CONFORME AL DECRETO Nº944 DE 2023. SANTIAGO, 24 DE JULIO DE 2023. RESOLUCIÓN EX. SII Nº82.- VISTOS: Las facultades conferidas en los artículos 6ª letra A) Nº 1, 29, 36 del Código Tributario, contenido en artículo 1º del Decreto Ley Nº 830 de 1974; lo establecido en los artículos 1º y 7º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 7 de 1980, la pertinente norma del Ministerio de Hacienda, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; en el artículo 45 del Código Civil; lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 172 de fecha 24 de junio de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y en el Decreto Supremo Nº 944, de fecha 30 de junio de 2023, del Ministerio de Hacienda; y lo establecido en la Resolución Ex. SII Nº 80 de 2023. CONSIDERANDO: 1º Que, con fecha 24 de junio de 2023, el Presidente de la República, a través del Decreto Supremo Nº 172 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de junio de 2023) como consecuencia del sistema frontal acaecido a contar el 20 de junio del mismo año, declaró a las regiones de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble y Bíobío como zonas afectadas por catástrofe, lo cual regirá durante el plazo señalado en artículo 19 del Decreto Supremo Nº 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I, de la Ley Nº 16.282. 2º Que, con fecha 30 de junio de 2023, el Presidente de la República, a través del Decreto Supremo Nº 944, del Ministerio de Hacienda (publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de julio de 2023), estableció una serie de medidas y procedimientos en materia tributaria, aplicables a los contribuyentes de las comunas afectadas por el frente del mal tiempo pertenecientes a las regiones de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble y Bíobío, que rige durante el plazo de 12 meses y hasta que extinga todos sus efectos, contados desde la declaración de zonas afectas por catástrofe en el Decreto Supremo Nº 172 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de fecha 24 de junio de 2023. Dentro de dichas medidas, se establece la prórroga, hasta el 31 de agosto de 2023, del plazo de Declaración y Pago de Impuestos que deben declararse y/o pagarse en el mes de julio de 2023, a que se refiere el artículo 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Decreto Ley Nº 825, de 1974, a los contribuyentes cuya casa matriz se encuentre en las comunas afectadas y localizadas en las regiones declaradas Zonas Afectadas por la Catástrofe en Decreto Nº 172 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Asimismo, se prorroga hasta el 31 de agosto de 2023 el plazo para declarar y pagar los impuestos del mes de julio a que se refieren los artículos 74, 78, 79, 84 y 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del Decreto Ley Nº 824, de 1974 a los contribuyentes cuya casa matriz se encuentre en las comunas afectadas y localizadas en las regiones declaradas Zonas Afectadas por la Catástrofe en Decreto Nº 172 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. La ampliación del plazo rige para la Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos o Declaración, según corresponda, que se efectúe a través de los Formularios números 29 y 50 del Servicio de Impuestos Internos. 3º Dado los efectos del evento hidrometereológico que provocó la alteración de cursos normales de agua y desbordes de ríos hacia ciudades, produciéndose daños en las personas, caminos y viviendas, este Servicio ha estimado necesario instruir sobre las prórrogas establecidas en el acápite 1.-, numerales nº 1 y 2), del Decreto Supremo Nº 944 de fecha 30 de junio de 2023, del Ministerio de Ha

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