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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSLAS MIRANDA ESQUIVEL LTDA
Fecha: 08-08-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal condena a empresa agrícola por utilizar 26 facturas ideológicamente falsas para defraudar el fisco en IVA e Impuesto a la Renta, aplicando multa de $39.223.246.
Servicios Agrícolas Miranda Esquivel Ltda. registró crédito fiscal IVA basado en 26 facturas falsas emitidas por Servicios Agrícolas Santa Victoria SPA entre 2016 y 2018, representando 96,37% del IVA crédito declarado. La empresa receptora también dedujo estos montos como costos en sus declaraciones de renta de 2017 y 2018. El representante legal de la emisora reconoció en declaración jurada que traspasaba IVA mediante facturas ideológicamente falsas a cambio del 50% del impuesto recargado. No se acreditó la efectividad de las operaciones ni existencia de trabajadores contratados por la emisor
El Tribunal estableció que las facturas son ideológicamente falsas por cuanto: (1) la empresa emisora carecía de infraestructura, personal y activos para prestar servicios agrícolas; (2) existe contradicción entre lo declarado por emisor y receptor sobre naturaleza de servicios; (3) la empresa emisora no figura como empleadora en registros de inspectora del trabajo; (4) el representante legal reconoció en declaración jurada que traspasaba IVA mediante facturas falsas; (5) la denunciada no acreditó veracidad de operaciones ni presentó antecedentes de respaldo. La conducta dolosa se constata por
Se confirma Acta de Denuncia y condena a Servicios Agrícolas Miranda Esquivel Ltda. por infracción al artículo 97 N° 4 incisos primero y segundo del Código Tributario, aplicando multa de $39.223.246 equivalente al 100% de impuestos defraudados actualizados a mayo 2020.
RESUMEN:
PARTES: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS CON SERVICIOS AGRICOLAS
MIRANDA ESQUIVEL LIMITADA.
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: ACTA DE DENUNCIA.
PROCEDIMIENTO: GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
CUANTÍA: 778,67 UTM.
La Serena, ocho de agosto de dos mil veintidós.
VISTOS:
El Acta de denuncia N° 1 notificada con fecha 0 5 de mayo de 2020, por la fiscalizadora doña Viviana Alvarado Rios, perteneciente a la IV Dirección Regional La Serena del Servicio Impuestos Internos, conforme lo dispuesto en los artículos 161 Nº 1, y 162 inciso tercero del Código Tributario, en contra de la contribuyente SERVICIOS AGRÍCOLAS MIRANDA ESQUIVEL
LIMITADA, RUT N° 76.543.767 -9, del giro actividades de apoyo a la agricultura, representada legalmente por EDUARDO ANTONIO MIRANDA VILLALOBOS, RUT N° 15.393.204-2, con domicilio en Cerro Porongo 576, Loteo Mis tral Vicuña, por la comisión de los delitos tributarios previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 incisos primero y segundo del Código Tributario, por los hechos que a continuación se exponen:
La funcionaria ya individualizada, expone, conforme a lo instruido por el Comité de Análisis de Casos de la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, constituido en conformidad a lo dispuesto en la Circular N° 8 de 2010, evacuó el Informe de recopilación de antecedentes N° 02 de fecha 27 de diciembre de 2019, mediante el cual se habría constatado que la denunciada ha incurrido en la irregularidad del registro, contabilización y declaración de crédito fiscal IVA amparado en 26 facturas ideológicamente falsas en sus declaraciones mensuales formularios 29, correspondientes a los períodos tributarios mensuales junio, julio, agosto y diciembre de 2016; enero, febrero, marzo, abril, mayo, noviembre y diciembre de 2017; y enero, febrero, marzo, abril y mayo 2018, que representan un 96,37% en promedio del IVA crédito fiscal total declarado en dichos períodos, imputándolo contra los
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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