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Tribunal · solo Pro
Transportadora Bagual SA con SII
Fecha: 07-09-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Transportadora Bagual contra liquidaciones de IVA por devolución de IVA exportador, al allanarse el SII reconociendo vicio manifiesto en los actos impugnados.
Transportadora Bagual S.A. solicitó devolución de IVA exportador por $3.745.411 mediante Formulario 3600 para septiembre 2018. El SII cuestionó que la empresa realizaba transporte internacional a través de subcontratistas, no materialmente por sí misma, por lo que emitió liquidaciones Nº23 a 27 de marzo 2021 rechazando la devolución. El contribuyente alegó que el Oficio Ordinario N°510 de febrero 2019 (posterior a los hechos de 2017-2018) no podía aplicarse retroactivamente, que la ley no exige materialidad del servicio y que fue fiscalizado con deficiencia procesal.
El tribunal constata que el SII se allanó íntegramente a la pretensión del contribuyente mediante audiencia de conciliación del 13 de septiembre 2021 y Resolución Ex. N°211 del 15 de marzo 2022, reconociendo un vicio o error manifiesto en los actos administrativos impugnados. Conforme al artículo 132 del Código Tributario modificado por Ley N°21.210, cuando el Servicio se allana totalmente, procede acceder al reclamo. El tribunal estima procedente dejar sin efecto las liquidaciones reclamadas en virtud del allanamiento integral del SII.
Tribunal acoge el reclamo de Transportadora Bagual S.A. y deja sin efecto las Liquidaciones Nº23 a 27 de fecha 9 de marzo 2021 emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del SII. No se condena en costas al Servicio conforme artículo 132 CT.
1
TRANSPORTADORA BAGUAL S.A.
RUT N°96.561.380-3
CUANTÍA: 669,13 UTM
EN SANTIAGO, A SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.
Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 13 de abril de 2021, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don ESTEBAN LARRONDO OSSANDÓN, RUT Nº15.771.582-8, en representación de TRANSPORTADORA BAGUAL S.A. , RUT N°96.561.380-3, ambos domiciliados para estos efectos en calle O´Higgins Nº247, comuna de Los Andes , mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de las Liquidaciones Nº23 a 27 de fecha 9 de marzo de 2021 , emitidos por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII).
El reclamante, en resumen, sostiene que con fecha 18 de octubre de 2019 el SII le solicitó una serie de documentos, los que habrían sido aportados con fecha 12 de febrero de 2020, tal como consta en el Acta de Recepción Nº7, sin embargo, el Servicio emitió la Citación Nº24 de fecha 13 de octubre de 2020 ante la cual se solicitó prórroga, por consiguiente, se respondió formalmente la citación con fecha 16 de noviembre del mismo año. Hace presente que durante el proceso de fiscalización el único argumento presentado por el ente fiscal es el Oficio Ordinario Nº510 de fecha 8 de febrero de 2019. 2
Argumenta que el Oficio recién mencionado no es aplicable al caso por las siguientes razones:
a) El Oficio es posterior a los hechos fiscalizados, los que corresponden al año 2017 y 2018, es decir antes de la existencia del Oficio por lo que no se puede aplicar un oficio posterior de forma retroactiva a un hecho pretérito, debiéndose tener presente el principio in dubio pro reo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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