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Tribunal · solo Pro
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPU con SII
Fecha: 14-09-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE+8.000M Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Municipalidad de Maipú contra liquidaciones de impuesto a la renta por servicios de agua potable y alcantarillado, determinando que constituyen servicio público exento, no actividad comercial.
La Municipalidad de Maipú, a través del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SMAPA), exploita desde 1950 servicios de agua potable y alcantarillado. El SII emitió Liquidaciones N°219 y 220 de agosto de 2020 determinando diferencias de impuesto de primera categoría por $6.100.086.126 para los años tributarios 2014 y 2015, considerando tales ingresos como rentas comerciales. La Municipalidad reclamó argumentando que se trata de servicio público municipal exento de tributación conforme al artículo 40 de la LIR.
El Tribunal analizó la naturaleza de los servicios: SMAPA es una dirección municipal sin personalidad jurídica distinta, comparte RUT municipal, sus ingresos no incorporan factor de tributación en tarifas (conforme Decreto N°163 de 2006), se incluyen íntegramente en presupuesto público municipal, y constituyen servicio público no lucrativo. Concluyó que los ingresos califican como rentas del artículo 20 N°5 de la LIR (residual), no N°3 o N°4, beneficiándose de la exención del artículo 40 N°1. Desestimó alegación de falta de motivación de las liquidaciones, pero acogió el reclamo en el fondo co
Tribunal acoge reclamación de la Municipalidad de Maipú. Deja sin efecto las Liquidaciones N°219 y N°220 de 27 de agosto de 2020 emitidas por el SII. No condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
RUT N°69.070.900-7
CUANTIA: 118.473,58 UTM
EN SANTIAGO, A CATORCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.
Que el escrito de fecha 24 de marzo de 2021, rolante a fojas 1 de autos, presentado por la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ (en adelante la Municipalidad), RUT N°69.070.900-7, representada por don JORGE MESSEN CONCHA, RUT N°14.090.750-2 con domicilio en Avenida 5 de Abril N°0260, de la Comuna de Maipú, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la s Liquidaciones N°219 y 220 de fecha 27 de agosto de 2020, que determinan diferencias de impuestos ascendente a la suma de $6.100.086.126.-por concepto de Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta (en adelante LIR), correspondiente a los años tributarios (en adelante AT) 2014 y 2015. emitidas por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII). El contribuyente sostiene, en síntesis, que la Municipalidad en los AT 2014 y 2015 no presentó la Declaración de Renta por encontrarse excluida de esta obligación, no obstante, con fecha 25 de marzo de 2020 , debido a una errada interpretación, el SII procedió a requerirla de antecedentes y luego, con fecha 29 de abril emitió la Citación N°16, mediante la cual se le indicó que según los antecedentes que obran en su poder la Municipalidad obtuvo rentas clasificadas en el N°3 del artículo 20 de la LIR por la explotación de servicios de agua potable y alcantarillado, encontrándose obligada a presentar declaración de impuestos conforme el artículo 65 de la LIR en concordancia con el artículo 40 inciso final del mismo cuerpo normativo. Ante ésta, la Municipalidad habría pedido prórroga y luego, con fecha 30 de junio de 2020 dio cumplimiento cabalmente a lo solicitado, sin embargo, con fecha 27 de agosto de 2020, el ente fiscal emitió las Liquidaciones N°219 y 220 objeto de la litis. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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