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Tribunal · solo Pro
MDO Minera Holdings Spain S L con SII
Fecha: 22-12-2022 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
HA LUGAR EN PARTE+81.000M Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza liquidaciones tributarias del SII que gravaban retención de impuesto adicional sobre venta de acciones a precio de $1, por falta de base imponible, y cuestiona tasación del valor de mercado de la empresa mediante exclusión de pasivos intercompañías documentados.
MDO Minera Holdings Spain S.L., sociedad extranjera, compró acciones de Compañía Minera Maricunga a Kinam Refugio Inc. el 20 de noviembre de 2014 por precio de $1. El SII emitió liquidaciones N°16 y 17 (abril 2018) exigiendo retención de impuesto adicional 35% por $22.619.528.760 e impuesto primera categoría 21% por $1.289.436, totalizando con reajustes, intereses y multas $55.015.413.310. El contribuyente alega que sobre precio de $1 no puede efectuarse retención, y que el SII tasó erróneamente el valor de mercado de la empresa excluyendo pasivos intercompañías documentados por USD 283.925.07
El tribunal acoge que la retención obligatoria conforme artículos 73 y 74 LIR requiere existencia de precio pagado. Sobre precio de $1 no puede retenerse monto significativo. Respecto a la tasación, el tribunal constata que los pasivos excluidos por el SII (deudas con Minera Maricunga SpA, Bema Gold, Kinross, Kinam y otras entidades) se encontraban documentados, contabilizados y fueron reconocidos en fiscalizaciones previas (notificaciones SII N°510/2015 y N°593/2016). El tribunal considera que desconocer estos pasivos vulnera el principio de realidad económica, la teoría de los actos propios
Se acogen los reclamos y se anulan las Liquidaciones N°16 y 17 de 10 de abril de 2018 emitidas por la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII en contra de MDO Minera Holdings Spain S.L., dejándolas sin efecto en todos sus términos.
MDO MINERA HOLDINGS SPAIN S.L.
RUT N°59.025.670-6
CUANTIA:1.137.786,97 UTM
EN SANTIAGO, A VEINTIDOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 14 de diciembre de 2018, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don CARLOS MARTÍNEZ CONCHA, RUT 8.794.106-k, en representación de MDO MINERA HOLDINGS SPAIN S.L., RUT N°59.025.670-6, domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5435, piso 4, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N°16 y 17, ambas de fecha 10 de abril de 2018, emitidas por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), donde se determinaron diferencias por concepto de retención de Impuesto Adicional por rentas del artículo 60 inciso primero de la Ley de la Renta (en adelante LIR), por el periodo noviembre de 2014 de $22.619.528.760.- y, diferencias por concepto de Impuesto Único de Primera Categoría con tasa 21% por $1.289.436.-, totalizando el monto de $22.620.818.196.-, que, con reajustes, intereses y multas asciende a la suma de $55.015.413.310.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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