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Tribunal · solo Pro
SII con Santa Teresa Litueche SPA
Fecha: 02-02-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal condena a Santa Teresa Litueche SPA por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal, imponiendo multa de $21.375.000.
Santa Teresa Litueche SPA registró en su contabilidad dos facturas falsas del proveedor Juan Mauricio Cornejo Ávila (facturas N°53 de marzo 2018 y N°60 de mayo 2018) por montos de $64.260.000 y $69.615.000 respectivamente. El proveedor confirmó que nunca emitió tales facturas y estaba obligado a emitir electrónicas desde febrero 2018. La empresa utilizó estas facturas para aumentar indebidamente su crédito fiscal en los formularios F29 de esos períodos, disminuyendo su IVA a pagar. El perjuicio fiscal ascendió a $21.375.000 en IVA.
El tribunal analizó el artículo 97 N°4 inciso segundo del CT, que sanciona al contribuyente afecto a IVA que maliciosamente realice maniobras para aumentar créditos o imputaciones. Confirmó que: (1) las facturas eran material e ideológicamente falsas; (2) fueron registradas y utilizadas por la denunciada; (3) la conducta fue maliciosa, evidenciada por el conocimiento del representante legal de que utilizaba documentos falsos contraviniendo la ley tributaria. El tribunal aplicó principios penales atenuados, incluyendo presunción de inocencia, pero concluyó que la autoridad acreditó suficienteme
Se aplicó multa de $21.375.000 equivalente al 100% de lo defraudado a Santa Teresa Litueche SPA por la infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del CT, sin condenación de costas. Se ordenó cumplimiento administrativo por el SII.
CAUSA : “SERV. IMPUESTOS INTERNOS con SANTA TERESA LITUECHE S.P.A” RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A DOS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES
I. VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, de 09 de junio de 2022 , a través del cual, doña CLAUDIA ZULETA MUNIZAGA, Directora de la VI Dirección Regional Rancagua del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , en adelante indistintamente denominado como el “Servicio“, ambos domiciliados en calle Estado N°154, comuna y ciudad de Rancagua, remite al Tribunal, Acta de Denuncia N°2, de 28 de abril de 2022, y RES N°02, de 02 de junio de 2022 , con una serie de antecedentes, para efectos de la aplicación de sanciones --conforme al procedimiento previsto en el artículo 161 del Código Tributario1-- al contribuyente sociedad SANTA TERESA LITUECHE SPA RUT N°76.737.959 -5, representada legalmente por don CRISTIAN RODRIGO JARA VARGAS , RUT Nº1 4.457.954-2, con giro de contratista en construcción de obras y otros, domiciliado en Hermanos Carreras 05, Isabel Riquelme, comuna de Litueche, por haber incurrido en la infracción contemplada en el artículo 97 N°4, inciso segundo del Código Tributario, por la utilización de facturas falsas, a fin de respaldar el uso de crédito fiscal de manera de disminuir indebidamente el impuesto a pagar. La referida Acta fue notificada mediante Formulario N°3300, Folio N°1654406 con fecha 28 de abril de 2022, lo que se confirma con el documento acompañado a fojas 15, que corresponde a dicho formulario.
El contenido del Acta, que corre a fojas 9, es el que resumidamente se expone a continuación.
El “CAPÍTULO I”, denominado “ INDIVIDUALIZACIÓN DEL INFRACTOR”, se refiere justamente al contribuyente individualizado anteriormente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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