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Tribunal · solo Pro
SUMUP CHILE SpA con SII
Fecha: 14-02-2023 · Materia: Artículo 19 N° 21 CPR · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de SumUp Chile contra Resoluciones SII 176-2020 y 76-2021 que imponen obligaciones a proveedores de servicios de procesamiento de pagos, por no vulnerar derechos constitucionales ni del Código Tributario.
SumUp Chile SpA, proveedor de servicios de procesamiento de pagos electrónicos (PSP), interpone reclamo por vulneración de derechos contra las Resoluciones Exentas N°176-2020 y N°76-2021 del SII. Estas resoluciones le imponen obligaciones de: emitir comprobantes de pago electrónicos, registrarse en registro especial del SII, informar diariamente transacciones, y adaptar sistemas técnicos. SumUp alega que estas obligaciones son ilegales, discriminatorias y le generarían costos aproximados de mil millones de pesos, afectando su modelo de negocio y vulnerando sus derechos constitucionales y tribu
El tribunal estimó que las Resoluciones 176-2020 y 76-2021 fueron dictadas conforme a mandato legal del artículo 54 de la Ley de IVA. Las obligaciones impuestas se justifican como excepción legal al derecho a desarrollar actividad económica (art. 19 N°21 CPR y art. 8 bis N°14 CT). No existe discriminación arbitraria porque las resoluciones se aplican generalmente a todos los operadores de medios de pago. El derecho de propiedad no se vulnera por deber invertir en adecuar sistemas a normas legales establecidas. Además, el tribunal observó que SumUp ya contaría con infraestructura e incluso serv
Se rechaza íntegramente el reclamo por vulneración de derechos. Se deja sin efecto la Orden de No Innovar decretada. El Director Regional del SII dispondrá el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte pagará sus costas.
“SUMUP CHILE SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, catorce de febrero de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 3, comparece don FRANCISCO JAVIER HURTADO SOTOMAYOR, abogado, C.I. N°9.990.394-5, en representación de SUMUP CHILE SpA , R.U.T. N°77.101.928-5, proveedor de servicios de procesamiento de pagos, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Apoquindo N°3885, piso 18, Las Condes, Santiago; quien de conformidad a lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo por vulneración de derechos, en contra del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), por la dictación de la Resolución Exenta N°76-2021, de fecha 06/07/2021, publicada en el Diario Oficial el 10/07/2021, que modificó e hizo aplicable a su representada la Resolución Exenta N°176-2020 del SII, dictada el día 31/12/2020, por medio de las cuales el SII impone diversas cargas y obligaciones que vulneran los derechos de SumUp Chile SpA consagrados en el número 14 del artículo 8 bis del Código Tributario, así como las garantías constitucionales establecidas en los números 21, 22 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile, solicitando resuelva acogerlo en todas sus partes, disponiendo que: (i) se deje sin efecto las Resoluciones Exentas N°176 -2020 y N°76 -2021 del SII o (ii) en subsidio de lo anterior, que las obligaciones señaladas en dichas Resoluciones no se apliquen a SumUp Chile SpA, con expresa condena en costas, de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho que expone a continuación:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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