Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
RBD HERMANOS SPA con SII
Fecha: 31-05-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de RBD HERMANOS SPA contra liquidaciones por IVA crédito fiscal en facturas electrónicas calificadas como ideológicamente falsas, desestimando vicios de forma y argumentos de fondo sobre acreditación de operaciones.
RBD HERMANOS SPA fue fiscalizada por el SII respecto de facturas electrónicas recibidas en periodos noviembre 2018, diciembre 2018 y enero 2019. El SII determinó que 14 facturas de tres proveedores eran ideológicamente falsas por presentar: mismo domicilio, dirección IP idéntica, falta de detalles operacionales, domicilio comercial insuficiente (31 m²), y proveedores con observaciones negativas. El contribuyente aportó copias de cheques emitidos meses después de la emisión de facturas, pero no presentó contabilidad ni certificaciones bancarias que acreditaran fehacientemente los pagos.
El Tribunal analiza dos aspectos: primero, rechaza el vicio de desviación de poder argumentando que la citación Nº8 fue conforme al artículo 63 del Código Tributario y que la previa acreditación de pago no exime el cumplimiento de requisitos legales. Segundo, respecto al crédito fiscal bajo el artículo 23 Nº5 DL825, determina que las imágenes PDF de cheques no cumplen copulativamente los requisitos por: a) transcurrencia de 10 a 16 meses entre emisión de factura y pago, b) falta de certificaciones bancarias y cartolas, c) ausencia de contabilidad que registre la cuenta corriente en libros, d)
Se rechaza el reclamo en su totalidad. Se declaran válidas las liquidaciones Nº125 a Nº127 del SII. Se confirma la liquidación de IVA crédito fiscal por facturas electrónicas falsas. No se acogen los argumentos sobre vicios de forma ni de fondo esgrimidos por el reclamante.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
RBD HERMANOS SPA
RUT 76.270.236-3
Iquique, treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fs. 1 comparecen CARLOS MORALES RAMÍREZ, abogado, en representación de RBD HERMANOS SpA., Rut Nº 76.270.236-3, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados en San Martin Nº 255, Oficina 52 de Iquique, quien deduce reclamo en contra de las liquidaciones Nº 125 a la Nº 127, corrientes a fs. 18 y siguientes, solicitando sea acogido en todas sus partes y se declare que dichas liquidaciones son nulas por adolecer de vicios de nulidad de derecho público y -por ende- sean dejadas sin efecto en su totalidad y se condene en costas al SERVICIO1 o en su defecto, sean dejadas sin efecto en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que expone:
I.- Antecedentes del proceso de fiscalización:
Refiere una secuencia de hechos similar a la que exponemos en el apartado de los “hechos no controvertidos” y al cual nos remitimos en aras de la brevedad.
II. Vicios de forma que afectan a las liquidaciones reclamadas. 1 Artículo 8° N° 3 del Código Tributario. 1
Señala que las liquidaciones deben ser anuladas ya que adolecen de sendos vicios de forma y de fondo que obstan a su validez y ameritan que sean dejadas sin efecto según lo dispuesto en el artículo 1º Nº 8 de la Ley Orgánica de los Tribunales Tributarios y Aduaneros.
Vicio de “desviación de poder”.
Señala que existe “desviación de poder” toda vez que la citación Nº 8, de 29 de abril del 2021, habría sido notificada a su parte con un fin distinto al establecido por la Ley. Un acto administrativo que adolece de vicios desviación de poder no es, en rigor, un acto dictado dentro de la competencia del órgano y, por lo tanto, adolece de nulidad de derecho público, la que se comunica a los actos posteriores al mismo; en este caso a las liquidaciones materia del presente recurso.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.