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Tribunal · solo Pro
DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS E INMOBILIARIA KUTULAS con SII
Fecha: 28-07-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación tributaria por pérdida de arrastre. Contribuyente no acreditó fehacientemente que gastos fueron necesarios para producir renta, faltó documentación contable esencial y información precisa sobre proyectos inmobiliarios alegados.
Distribuidora de Alimentos e Inmobiliaria Kútulas Ltda. presenta declaración de Impuesto a la Renta para AT 2018, donde deduce pérdida tributaria de arrastre por $656.224.390 originaria de años 2016 y 2017. SII emite Liquidaciones N°97 y 98 (30.08.2021) rechazando esta pérdida por estimar que gastos no se relacionan con ingresos de la empresa, no son necesarios para producir renta y corresponden al grupo empresarial. Contribuyente presenta recurso de reposición que es acogido parcialmente mediante Resolución Ex. N°148.924, pero mantiene el rechazo de la pérdida de arrastre. Contribuyente recla
Tribunal desestima alegación de vulneración a confianza legítima y actos propios por falta de prueba: contribuyente no acreditó que SII haya efectuado fiscalización formal al AT 2016 que validara la pérdida; la carta masiva del SII señalaba inconsistencias en declaración 2016. Tribunal sostiene que SII está facultado por ley para examinar y revisar declaraciones dentro de plazos de prescripción (artículos 59, 60 y 200 Código Tributario). En lo sustantivo, rechaza pérdida de arrastre porque: (1) contribuyente no aportó Libros Diario, Mayor e Inventarios y Balances de años comerciales 2015-2016,
Tribunal rechaza totalmente reclamación tributaria, dejando firmes Liquidaciones N°97 y 98 emitidas por SII el 30.08.2021. No condena en costas por estimar que contribuyente tuvo motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Distribuidora de Alimentos e Inmobiliaria Kútulas Ltda.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamación – Código Tributario.
CUANTÍA NETA : 1.985,57 UTM
REAJUSTES : 206,5 UTM
INTERESES : 1.315,24 UTM
CUANTÍA BRUTA : 3.507,31 UTM
Antofagasta, a veintiocho días del mes de julio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 163 y siguientes, comparece doña Paulina Vargas Ulloa , abogada, cédula nacional de identidad N°16.285.493 -3, en representación convencional de Distribuidora de Alimentos e Inmobiliaria Kútulas Limitada, RUT N°78.818.550-2, del giro de su denominación, ambos con domicilio para estos efectos en Galleguillos Lorca N°1610, departamento 12, comuna de Antofagasta; quien de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nº97 y N°98, emitidas con fecha 30 de agosto de 2021, notificadas por correo electrónico con fecha 31 de agosto de 2021, y modificadas por el Servicio de Impuestos Internos a través de la Resolución Ex. N°148.924, emitida con fecha 7 de febrero de 2022; solicitando que se dejen sin efecto, totalmente o en parte, todo ello fundado en los argumentos de hecho y fundamentos de derecho que en forma resumida, a continuación se exponen.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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