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Tribunal · solo Pro
Alumini Ingeniería Limitada con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 07-11-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
HA LUGAR EN PARTE+100M Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Alumini por Liquidación N°711 de 2018, reconociendo gastos deducibles del AT 2015 y modificando la determinación del Impuesto de Primera Categoría.
Alumini Ingeniería Limitada declaró pérdida de ejercicios anteriores de $1.644.086.557 para el AT 2015. El SII fiscalizó esta pérdida, compuesta por pérdidas de AT 2013 y 2014, y emitió Liquidación N°711 por $108.182.909 rechazando partidas calificadas como gastos rechazados. El contribuyente reclamó particularmente sobre indemnización voluntaria de $209.821.403, indemnizaciones de $12.099.979 y honorarios por servicios de terceros de $27.777.778, argumentando error tributario y prescripción de la acción fiscalizadora.
El tribunal analizó si los gastos rechazados por el SII cumplían requisitos del artículo 31 LIR (naturaleza, necesidad y efectividad). Respecto de la indemnización voluntaria por saldo de precio de $209.821.403, consideró que correspondía a prestaciones contractuales por ejecución de obras, necesarias para producir renta. Sobre indemnizaciones voluntarias de $12.099.979, concluyó que no fueron acreditadas suficientemente. Para honorarios de servicios por $27.777.778, verificó que las boletas se respaldaban en órdenes de compra y solicitudes de contrato específicas, con consistencia contable y
Acoge parcialmente el reclamo. Modifica Liquidación N°711 reconociendo $276.983.616 de gastos acreditados y rechazando $35.470.196. Nueva RLI para AT 2015 es $734.120.660. Impuesto de Primera Categoría determinado es $154.165.339 (tasa 21%), resultando diferencia a pagar de $8.022.548. Ordena eliminación de multas y devolución de sumas pagadas por ese concepto.
1
EN SANTIAGO, A SIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 26 de abril de 2019 , rolante a fojas 1 de autos, presentado por don LUIS SEGUEL MALAGUEÑO, RUT N°12.486.619-7, en representación de ALUMINI INGENIERÍA LIMITADA, RUT N°76.281.400-5, domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea N°3520, Piso 3, Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N°711 de fecha 28 de agosto de 2018 , emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), por concepto de Impuesto a la Renta de Primera Categoría, por el monto de $108.182.909.- para el Año Tributario 2015 (en adelante “AT”), incluidos sus respectivos recargos legales.
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que viene en solicitar se deje sin efecto la Liquidación señalada, la cual tendría su origen en un proceso de fiscalización de la pérdida tributaria de arrastre declarada para el AT 2015 que, a su vez, se compone de las pérdidas declaradas en los AT 2013 y 201 4 y que fueron consideradas como gastos rechazados.
Respecto a lo formal, explica que la controversia dice relación con un erróneo tratamiento tributario aplicado a las partidas que componen las pérdidas que, a su juicio, tendría como propósito eludir los plazos de prescripción de la acción fiscalizadora de l SII. En cuanto al fondo, solicita dejar sin efecto la liquidación reclamada, en lo relativo a las partidas N°1, 2 y 3 del AT 2014. 2
Señala como antecedentes generales de su reclamo que, Alumini
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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