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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES PENTA III LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 18-07-2024 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza deducción de gastos por asesorías legales destinadas a defensa penal de ejecutivos del Grupo Penta en el contexto del "Caso Penta", por no ser necesarios para producir la renta de Inversiones Penta III Limitada.
Inversiones Penta III Limitada declaró pérdida tributaria en AT 2018 y solicitó devolución de impuestos. El SII fiscalizó y rechazó gastos por $128.618.909 pagados a Asesorías Bofill Escobar por servicios legales relacionados con el "Caso Penta", aplicando el artículo 21 de la LIR. La contribuyente alegó que contrató estos servicios para minimizar el impacto negativo en su imagen y reputación derivado de investigaciones penales contra ejecutivos del grupo empresarial, afirmando que constituían gastos necesarios del giro.
El tribunal estableció que los servicios de Bofill Escobar se materializaron únicamente en la defensa judicial penal de ejecutivos del Grupo Penta (Manuel Tocornal, Oscar Buzeta y otros), no de la sociedad reclamante. Los desembolsos beneficiaron a terceros ajenos a Inversiones Penta III Limitada, personas imputadas por emisión de facturas ideológicamente falsas. No se acreditó que el gasto fuera necesario, inevitable u obligatorio para producir la renta conforme al artículo 31 de la LIR. Los servicios para proteger la imagen del grupo fueron prestados por otras empresas (Imaginacción y Extend
Se rechaza el reclamo. Se confirma la Liquidación N° 119 de 6 de mayo de 2019, en la parte no modificada por Resolución Ex N° 110.463 de 23 de octubre de 2019, manteniendo el rechazo del gasto y la aplicación del artículo 21 de la LIR. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar.
1
EN SANTIAGO, A DIECIOCHO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
VEINTICUATRO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 27 de diciembre del año 2019, presentado por doña DANIELA LOBOS AGUIRRE , abogada, cédula de identidad número 17.083.901-3, en representación de INVERSIONES PENTA III LIMITADA, RUT: 78.776.990-K, ambos domiciliados en calle Aurelio González N° 3390, piso 6°, comuna de Vitacura, quienes en conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones contenido en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo en contra de la Liquidación N° 119 de fecha 6 de mayo del año 2019, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, en la parte no modificada por la Resolución Ex. N° 110.463 de fecha 23 de octubre del 201 9, por concepto de Impuesto Único del artículo 21 de la LIR, para el AT 2018, por la suma de $54.499.083.
En su escrito, señala que el contribuyente, a través del F22 Folio 248033098, AT 2018, declaró una pérdida tributaria ascendente a $257.397.920 y con ello solicitó una devolución de $62.632.339, compuesta por $2.697.485 por concepto de Pago Provisional Mensual (en adelante PPM) y $59.934.854 por Pagos Provisionales Por Pérdidas Absorbidas (en adelante PPUA).
Indica que, con motivo de esta petición de devolución, el Servicio emitió la Notificación N° 621 de fecha 11 de octubre del año 2018, con el fin de requerirle una serie de antecedentes que tenían por objeto el poder verificar la correcta determinación de la pérdida tributaria invocada y la respectiva devolución de impuestos que éste solicitó, documentación que fue aportada en la instancia correspondiente por parte del contribuyente. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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