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Tribunal · solo Pro
GUIÑEZ FERNANDEZ con SII
Fecha: 30-10-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por inversiones no justificadas. Contribuyente no acreditó origen de fondos para adquirir bienes raíces por $107.647.287, aplicándose art. 21 LIR.
Contribuyente adquirió cuatro bienes raíces en 2015 (AT 2016). SII requirió justificar inversiones. De cuatro operaciones, dos fueron acreditadas ($30.886.332). Dos inversiones por $56.689.991 y $50.957.296 no fueron justificadas. Contribuyente aportó cartolas bancarias, informes de depósitos a plazo y balances, pero no contabilidad completa. SII emitió Liquidación N°91 por impuesto único artículo 21 LIR por $37.772.094. Contribuyente alegó que fondos provenían de inversiones como depositante, actividad no registrada ante SII.
Tribunal rechaza prescripción pues liquidación es de AT 2016 (plazo vence 2020) y se notificó en 2019. En el fondo, contribuyente obligado a contabilidad completa debe acreditar origen de fondos conforme art. 70 LIR mediante renta efectiva con libros y documentación. Contribuyente acompañó libro timbrado 2018 con anotaciones 2014-2016 (extemporáneo), balances sin respaldo documental, y cartolas que solo prueban disponibilidad de fondos, no su origen. No declaró ingresos afectos a Primera Categoría 2004-2015. No tiene giro de inversionista registrado. Prueba insuficiente para desvirtuar presunc
Rechaza excepción de prescripción. Rechaza reclamo. Confirma íntegramente Liquidación N°91 de 28.08.2019. No condena en costas por motivo plausible para litigar.
1 s.s.
“GUIÑEZ FERNANDEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SANTIAGO SUR”.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a treinta de octubre de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
El escrito de fecha 20.12.2019, por el que don GUIDO HUMBERTO GUIÑEZ
FERNÁNDEZ, inversionista y comerciante de alimentos y accesorios para mascotas, RUT N° 13.087.729-K, domiciliado para estos efectos en calle Paseo Ahumado N° 370, Oficinas N° 521-523-525, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, deduce reclamo en contra de la Liquidación N° 91, de fecha 28 .08.2019, notificada por cédula el 30.08.2019, por Impuesto Único Artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta, correspondiente al AT 2016, por la suma de $37.772.094.-, más intereses y reajustes, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, RUT N° 60.803.408-0, representado legalmente por doña Margarita León Díaz , ambos domiciliados en Ramón Subercaseaux N° 1273, San Miguel, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de distribución de la causa.
A fs. 2 a 41, Escrito de la parte reclamante mediante el cual presenta reclamo en procedimiento general de reclamaciones en contra de la Liquidación N° 91, de fecha 28.08.2019, notificada por cédula el 30.08.2019; acompaña documentos; solicita se tenga presente; designa abogado patrocinante y delega poder. Documentos, escrito de la reclamante de fecha 30.12.2019, por el cual acompaña los documentos que indica. Resolución del Tribunal previo a proveer y testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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