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Tribunal · solo Pro
ACONCAGUA SUR SA con SII
Fecha: 28-11-2024 · Materia: Resolución · Juez: maria_francisca_villaman_rodriguez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Aconcagua Sur S.A. contra resolución que deniega devolución de PPM por $334.746.409 para AT 2014, por falta de acreditación de la pérdida tributaria declarada.
Aconcagua Sur S.A. presentó declaración de renta AT 2014 (F22) el 09/05/2014 declarando pérdida tributaria de $(45.751.886) y solicitando devolución de PPM por $334.746.409. El SII emitió observaciones (A08, A20, A21, A25, A30, A34) entre mayo y julio 2014. La reclamante intentó rectificar pero el sistema rechazó el intento por inconsistencias. El 11/12/2015 se emitió Resolución Exenta N°1520014 denegando la devolución por falta de antecedentes suficientes. La reclamante fue notificada el 17/12/2015 y presentó reclamo tributario aceptando las observaciones pero solicitando se declaren correcto
El tribunal constata que la reclamante no acompañó al proceso los respaldos suficientes para acreditar: (1) la pérdida contable de $(680.603.691), sin presentar libro diario, libro mayor ni documentos que respalden sus partidas; (2) los agregados por $1.703.493.100 y deducciones por $891.447.227; (3) la pérdida de arrastre de $758.222.826; (4) la pérdida tributaria resultante de AT 2014 de $(644.977.992). Aunque se acredita que la pérdida de AT 2012 fue fiscalizada por el SII, ello no es suficiente sin respaldos de AT 2013 y 2014. Conforme al artículo 31 inciso 1° de la LIR, los gastos deben a
Se rechaza el reclamo de Aconcagua Sur S.A. contra Resolución Exenta N°1520014 del SII de 11/12/2015. Se rechaza la incompetencia alegada por el SII. Cada parte pagará sus propias costas.
“ACONCAGUA SUR S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : GR-18-00024 -2016
Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Yanet Fontanez Carrasco, RUT N°14.417.667-7, abogado, en representación de ACONCAGUA SUR S.A., RUT N°76.516.090-1, domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5335, piso 11, comuna Las Condes, Región Metropolitana, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario , interpone reclamo en contra de la Resolución Exenta N°1520014, emitida con fecha 11 de diciembre de 2015 , por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando tener por acreditadas y justificadas las observaciones e impugnaciones efectuadas a su declaración anual de impuesto a la renta del año tributario (en adelante, AT) 2014 y se proceda a acoger la propuesta de rectificatoria de la declaración de impuesto a la renta AT 2014 planteada en su libelo, y, se acceda a la devolución total solicitada por concepto de pagos provisionales mensuales (en adelante, PPM) por la suma de $334.746.409.- para el AT 2014, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su libelo de reclamo referido a los Antecedentes, explica que, por medio de la declaración de impuesto a la renta, Formulario 22 ( en adelante F22) N°242748194 del AT 2014 , presentada con fecha 09/05/2014, la actora declaró un Resultado Tributario Pérdida del ejercicio 2013 de $(45.751.886) .-, código 643 y solicitó una devolución de PPM de $334.746.409 .-. Agrega que producto de las objeciones planteadas por el SII a la referida declaración de impuesto AT 2014, con fecha 22/05/2014 y 03/06/2014, se procedió a emitir Cartas con las Observaciones A08, A20, A21, A25, A30, A34 , sin que en estas se haya indicado día, hora ni lugar para concurrir a regularizar tales observaciones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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