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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA VINA NORTE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 25-02-2025 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Inmobiliaria Viña Norte S.A. contra liquidación de impuesto de primera categoría por no acreditar procedencia de crédito por impuesto territorial de inmuebles con certificado de urbanización, no edificación.
Inmobiliaria Viña Norte S.A. fue fiscalizada por AT 2016. El SII cuestionó crédito declarado por contribuciones de bienes raíces (Lotes 2 y 23, Roles 3120-003 y 3120-023) por $16.179.479. La reclamante presentó solo certificado de recepción definitiva de obras de urbanización (ROE-000150-2007), no de edificación. El SII emitió Liquidación N°160404142 por $16.357.453. Mediante RAV se redujo a $13.594.242. La reclamante solicita usar impuesto territorial como crédito o gasto del AT 2016.
El tribunal analiza si obras de urbanización son sinónimas de obras de edificación conforme artículo 20 LIR. Aunque ambas son inmuebles por adherencia, la LGUC les da tratamientos separados y efectos diversos. El sentido natural de "edificar" es construir, mientras "urbanizar" es acondicionar terreno. La LGUC, como ley especial, prima sobre normas civiles comunes. Se requiere certificado de recepción definitiva de obras de edificación, no urbanización. Para gasto (artículo 31 LIR), falta acreditación de: no rebaja como costo, pago efectivo, necesidad para producir renta. No consta pago de cont
Se rechaza el reclamo. Se confirma Liquidación N°160404142 de 4 de abril de 2019 modificada por Res. Ex. N°109.783 de 7 de octubre de 2019. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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EN SANTIAGO, A VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 2 de diciembre de 2019, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don JUAN PABLO SIMIAN LASSERRE , RUT N°7.289.659-9, y por don SERGIO OSCAR RAMÍREZ CEBALLOS , RUT N°7.151.141-3, en representación de la sociedad INMOBILIARIA VIÑA NORTE S.A. , RUT N°76.106.335-9, todos domiciliados para estos efectos en calle San Sebastián N°2807, oficina 1012 , comuna de Las Condes , mediante el cual interpone n reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N°160404142 de fecha 4 de abril de 2019, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , y posteriormente modificada por la Res. Ex. N°109.783 de fecha 7 de octubre de 2019 , por concepto de Impuesto a la Renta de Primera Categoría correspondiente al año Tributario (en adelante “AT”) 2016, por un monto ascendente a $16.357.453.- En su presentación, la reclamante solicita que la liquidación sea dejada sin efecto, permitiéndole utilizar el Impuesto territorial pagado como crédito contra el impuesto de primera categoría o, en subsidio, se le permita utilizarlo como gasto en el periodo respectivo, por las razones que pasa exponer. Según relata, la sociedad fue sujeto de un plan de fiscalización relativo al AT 2016, lo que derivó en que, con fecha 3 de diciembre de 2018 y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 63 del Código Tributario, le fuera emitida la citación N°164506468 por el siguiente concepto: 2
A99
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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