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Tribunal · solo Pro
ESTUDIO CAREY LIMITADA con SII
Fecha: 14-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE+100M Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Estudio Carey Limitada, validando pérdida tributaria de arrastre originada en goodwill por fusión con Asesorías HC en 2009, modificando liquidación que rechazaba deducción de depreciación de activos.
Estudio Carey reclamó liquidación N°783/2020 que rechazó pérdida tributaria de arrastre de $204.511.530 para AT 2017. La pérdida se originó en goodwill de $4.517.371.263 generado por fusión impropia con Asesorías HC en 2009. El SII validó inicialmente el CPT y goodwill mediante Resolución N°1395/2015, pero posteriormente rechazó la deducción por falta de respaldo documental de 61 de 75 activos recibidos, aceptando solo 14 activos con facturas.
El tribunal analizó tres escenarios: depreciación del goodwill distribuido en 75 activos según declaración original; amortización directa del goodwill en 6 años; y distribución solo en 14 activos acreditados. En todos los escenarios el resultado tributario fue negativo. El tribunal concluyó que el SII incurrió en contradicción al validar el goodwill pero rechazar su deducción. Se acreditó que los 14 activos validados tenían valor libro de $7.775.681 al 16/12/2009 y el goodwill se distribuyó proporcionalmente según Oficios 3873/2005 y 864/2008. La depreciación tributaria cumplió requisitos del
Acoge reclamo y modifica Liquidación N°783/2020. Valida pérdida tributaria de arrastre pero confirma agregado de $736.531.955 no reclamado. Determina RLI de $750.212.374 e IDPC de $180.050.970, con impuesto a pagar de $178.535.345. Sin condena en costas.
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EN SANTIAGO, A CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 26 de abril del año 2021, que rola a fojas uno (1) y siguientes de autos, presentado por don ANDRÉS CARRASCO OPAZO, abogado, cédula de identidad número 17.517.370- 6, en representación de ESTUDIO CAREY LIMITADA, RUT: 77.907.950-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N° 2800, piso 43, comuna de Las Condes, quienes en conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones contemplado en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo en contra de la Liquidación N° 783 de fecha 26 de agosto del año 2020, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional Santiago Oriente, la cual estableció diferencias por concepto de Impuesto a la Renta de Primera Categoría, para el AT 2017, por la suma total de $395.997.120 (incluyendo intereses y reajustes).
A modo de contexto, señala que con fecha 20 de mayo del año 2017, la reclamante presentó una primera declaración anual de impuesto a la renta, la cual fue posteriormente rectificada con fecha 3 de diciembre de 2018. A través de esta última, explica que Estudio Carey declaró una Renta Líquida Imponible (en adelante RLI) por $13.680.419, la cual contiene gastos operacionales y una pérdida de ejercicios anteriores por $204.511.530.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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