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Tribunal · solo Pro
Viña Vistamar Ltda. con SII
Fecha: 18-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE+100M Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Viña Vistamar contra liquidación del SII que rechazaba deducción de nota de débito por costo de maquila, por acreditar suficientemente la diferencia de precio y detectar contradicción en los efectos tributarios.
Viña Vistamar Ltda. adquirió vinos de Viña Morandé S.A. conforme contrato de diciembre 2015. En 2016 se cobró un costo de maquila de $455 por botella de 750 cc mediante nota de débito N°100067 emitida el 31 de diciembre 2016 por $922.106.709. El SII fiscalizó y emitió Liquidación N°32 de 27 febrero 2020 rechazando la deducción del costo de maquila, alegando inconsistencias en la documentación y deficiencias formales en la nota de débito. El contribuyente respondió presentando planillas de cálculo y antecedentes que el SII consideró insuficientes.
El tribunal analizó si la nota de débito cumplía formalidades del artículo 71 RLIVA y si el costo de maquila estaba acreditado. Concluyó que el emisor fue Viña Morandé, no el contribuyente, por lo que reproches sobre procedencia de la nota de débito no eran imputables a la reclamante. Verificó que la planilla adjunta a la nota de débito coincidía con facturas acompañadas respecto a botellas vendidas y composición, haciendo verosímil la referencia del documento. Detectó contradicción del SII al validar el efecto IVA (sin perjuicio fiscal) pero rechazar el efecto Renta, utilizando el mismo suste
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°32 de 27 febrero 2020, por cuanto suprimiendo el agregado impugnado se determina una pérdida tributaria para el AT 2017. Se rechaza condenar en costas al SII por tener motivos plausibles para litigar.
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EN SANTIAGO, A DIECISIETE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 26 de octubre de 2020 , rolante a fojas 1 de autos, presentado por don FRANCISCO SACKMANN COX , abogado, RUT N°20.901.170-0, en representación de la sociedad VIÑA VISTAMAR
LIMITADA, RUT N°76.267.890-K, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Andrés Bello N°2711, piso 4, comuna de Las Condes , mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N°32, de fecha 27 de febrero de 2020, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), por concepto de Impuesto de Primera Categoría por un monto ascendente a $201.881.080.-, correspondiente al Año Tributario /en adelante “AT”) 2017, considerando reajustes e intereses.
En su reclamo , el contribuyente comienza relatando el proceso de fiscalización previo a la emisión del acto reclamado, respecto de l cual señala que, el día 8 de mayo de 2017 presentó su Declaración Anual sobre Impuesto a la Renta F22 de Folio N°244421797, correspondiente al para el AT 2017, que posteriormente fue objetada por el SII. A lo anterior, con fecha 19 de febrero de 2019, le siguió la Notificación N°49/1 de Folio N°287401, que fue respondida mediante presentaciones de fecha 7 de marzo y 28 de mayo de 2019.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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