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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES MORALES MELEDA LTDA con SII
Fecha: 09-05-2025 · Materia: Resolución · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo tributario y anula Resolución SII que denegaba devolución de $3.714.585 por PPM año 2015, reconociéndose crédito por contribuciones de bienes raíces pagadas.
Inversiones Morales Meleda Ltda. presentó declaración de renta F22 año tributario 2015 solicitando devolución de $4.069.579 por PPM. El SII emitió Resolución Exenta N°2875 (26/12/2016) denegando la devolución por observaciones A99 (crédito por contribuciones excesivo) y F23 (anotaciones en registro de actividades). La reclamante reconoció error al deducir $9.097.161 en lugar de $8.742.167 por contribuciones, solicitando en reclamo devolución por $3.714.585. Empresa poseía bienes raíces arrendados en Providencia con rentas efectivas superiores al 11% de avalúo fiscal.
El tribunal verificó que la reclamante es propietaria de los inmuebles mediante Conservador de Bienes Raíces. Analizó que las contribuciones pagadas en año comercial 2014 (AT 2015) ascendieron a $8.425.864 (históricos) y que los PPM declarados de $38.551.858 concordaban con F29 actualizados de $38.551.859 e ingresos contables. Determinó que se cumplieron requisitos legales del artículo 20 N°1 letra d) LIR: calidad de propietario, período correcto, pagos documentados y reajustados. Descartó efecto sancionatorio de observación F23 (anotaciones por incumplimiento de obligaciones accesorias) respe
Se acoge reclamo en lo principal anulando Resolución Exenta N°2875 del 26/12/2016. Se ordena Director Regional XV SII proceda al cumplimiento administrativo. Cada parte paga sus propias costas, sin condena a reclamante.
“INVERSIONES MORALES MELEDA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Oriente”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 2, comparece don EDUARDO DÍAZ DAUDET , abogado, Cedula Nacional de Identidad N°15.099.219-2, domiciliado en Doctor Sótero del Río N°326, oficina 1008, comuna de Santiago, en representación de INVERSIONES MORALES MELEDA LIMITADA, RUT N°76.095.127-7, domiciliada en Camino Los Trapenses N°3223, Sitio 21, comuna de Lo Barnechea , Región Metropolitana , quien interpone reclamo tributario, en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta SII N°2875, emitida con fecha 26 de diciembre de 2016 y notificada el 30 de diciembre del mismo año, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII ), solicitando se acoja, dejándose en consecuencia sin efecto y, por tanto, se ordene la devolución de $3.714.585 por concepto de Pagos Provisionales Mensuales (en adelante, PPM), efectuados durante el año tributario (en adelante, AT) 2015, con el reajuste legal correspondiente, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los ANTECEDENTES, explica que, la reclamante en su Declaración de Impuesto a la Renta, Formulario 22 (en adelante, F22), Folio 242946465, correspondiente al AT 2015, solicitó una devolución por $4.069.579, por concepto de PPM, que acreditó conforme a la documentación aportada durante el proceso de fiscalización y que se justifica, de acuerdo con los siguientes elementos:
a) Existencia de una base imponible de $207.521.144;
b) Aplicación sobre el monto mencionado la tasa del 21%, que determina un Impuesto de Primera Categoría por $45.579.440;
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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