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Tribunal · solo Pro
PENTAGRO SERVICIOS SPA con SII
Fecha: 22-05-2025 · Materia: Giro · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Pentagro Servicios SpA contra giro de impuesto al lujo por helicóptero Robinson R44, declarando el bien exento por ser indispensable para actividades de servicios agrícolas.
Pentagro Servicios SpA, empresa de servicios de apoyo a la agricultura, fue gravada con giro folio N°9629139 de 1 de abril de 2024 por impuesto al lujo sobre helicóptero Robinson modelo R44 (matrícula CC-DFJ) valorizado en $408.480.000. La empresa utiliza la aeronave para sobrevuelos de control agrícola, mapeos, diagnósticos de drenaje y riego, prevención de incendios forestales, transporte de insumos y personal. El SII rechazó la reposición administrativa voluntaria. La empresa invocó exención del inciso 2° del artículo 9° de la Ley N°21.420 por ser bien indispensable para su giro.
El tribunal estimó que Pentagro cumple los requisitos para la exención: (1) es empresa que desarrolla actividades del artículo 20 de la LIR; (2) el helicóptero es bien de su propiedad; (3) es indispensable para sus actividades económicas, acreditado mediante inspección personal, testimonios y registros de vuelos. Rechazó argumentos del SII sobre falta de proporcionalidad económica, pérdidas tributarias, consulta de precios de mercado sin acreditación, y posibilidad de usar vehículos terrestres, considerándolos contrarios a la ley. Confirmó correcta determinación del giro pero innecesaria por p
Se acoge el reclamo en todas sus partes. Se deja sin efecto el giro folio N°9629139 de 1 de abril de 2024. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos por haber sido completamente vencido.
1
Puerto Montt, veintidós de mayo de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Luis Felipe Ocampo Moscoso, RUT N° 9.972.740-3, abogado, en representación de Pentagro Servicios SpA, Rol Único
Tributario N° 76.245.099- 2, ambos domiciliados en Manuel Rodríguez N°815, comuna y ciudad de Osorno, quien interpone reclamo tributario en contra del Giro Folio N°9629139 de fecha 1 de abril de 2024, solicitando que sea dejado sin efecto, de acuerdo con los argumentos que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 124,33;
Multa UTM 0; Reajuste UTM 0; Intereses UTM 0; Cuantía Bruta UTM 124,33.
En cuanto a los antecedentes de hecho en que fundamenta su reclamo, señala que con fecha 1 de abril de 202 4, el SII cursó giro folio N° 9629139, ascendente a CLP $8.275.805.-, por concepto de impuesto al lujo, que, considerando recargos legales a la fecha de interposición del presente reclamo, equivale a CLP $8.753.783. El giro reclamado, se efectúa a propósito de un helicóptero marca “Robinson”, modelo “R44” , que forma parte del activo fijo de l actor , y que el Servicio valoriza en CLP $408.480.000, resultando un supuesto impuesto de CLP $8.275.805. El giro fue notificado a Pentagro, el 03 de abril de 2024, por correo electrónico, al correo informado por el contribuyente para dichos efectos. Con fecha 19 de julio de 2023, se interpuso Reposición Administrativa Voluntaria (RAV), el 27 de septiembre de 2024 fue notificada la Resolución OPAT Ex. N°905, emitida por la Oficina de Procedimientos Administrativos Tributarios de la Dirección Regional de Puerto Montt, la cual no dio ha lugar a la RAV deducida.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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