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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES FIORDOQUEULAT LIMITADA con SII
Fecha: 26-05-2025 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
HA LUGAR EN PARTE+100M Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Inversiones Fiordoqueulat contra liquidaciones de impuestos de primera categoría 2015-2016, rechazando correcciones monetarias financieras no tributarias de inversiones.
Inversiones Fiordoqueulat Limitada reclamó contra tres liquidaciones del SII (N°1205, 1206, 1207 de agosto 2018) por impuesto de primera categoría AT 2015-2016 por $116.577.627. La empresa cuestionó partidas por gastos deducidos, correcciones monetarias del capital propio tributario, correcciones monetarias de inversiones financieras en acciones de Cientochenta Grados S.A., y menor valor de inversiones. El SII acogió parcialmente la RAV mediante Resolución N°102.559, rebajando la deuda a $60.199.967.
El tribunal analizó la corrección monetaria tributaria de inversiones en acciones de Cientochenta Grados S.A. adquiridas entre 2004-2014, determinando un ingreso tributario de $51.604.555 conforme al artículo 41 N°8 de la LIR. Respecto de correcciones monetarias puramente financieras (no tributarias), el tribunal concluyó que el ordenamiento jurídico regula inversiones a valor tributario mediante corrección según artículo 41 LIR, sin que generen efectos tributarios las valoraciones financieras. Las amortizaciones y correcciones del menor valor de inversiones no constituyen ingresos tributarios
Se acoge parcialmente el reclamo, dejando sin efecto las liquidaciones impugnadas en lo pertinente y confirmando los ajustes administrativos ya acogidos. Se ordena al SII emitir nuevas liquidaciones conforme a lo resuelto, rechazando las correcciones monetarias financieras del menor valor de inversiones por no ser tributarias.
EN SANTIAGO, A VEINTISÉIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO.
VISTOS:
El escrito de fecha 29 de abril de 2019, rolante a fojas 1 y siguientes de autos presentado por don LUIS ENRIQUE SEGUEL MALAGUEÑO, RUT N°12.486.619-7, en representación de la sociedad INVERSIONES
FIORDOQUEULAT LIMITADA, RUT Nº96.592.320-9, domiciliados para estos efectos en calle Lo Fontecilla N°101 A, oficina 317, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N°1205, 1206 y 1207, todas de fecha 27 de agosto de 2018, emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), la que determinó un total a pagar de $116.577.627.-, incluidos recargos legales, por los conceptos de Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta (en adelante LIR) para el Año Tributario (en adelante AT) 2015 y 2016, y Reintegro para el AT 2016.
El reclamante sostiene, en síntesis, que presentó Recurso de Reposición Administrativa (en adelante RAV) en contra de los citados actos impugnados, emitiendo el Servicio la Resolución Exenta N°102.559, de fecha 20 de febrero de 2019, que acoge en parte lo solicitado, eliminando totalmente las partidas de las Liquidaciones relacionadas con la venta de moneda extranjera y; acogiendo parcialmente lo señalado respecto de las partidas de "acreditación de pérdida" en ambos AT, por lo que determinó un monto definitivo de impuestos de $25.896.847.- en la Liquidación N°1205, $4.025.436.- en la Liquidación N°1206 y $30.276.684.- en la Liquidación N°1207.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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