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Tribunal · solo Pro
TRANSELEC S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 10-10-2025 · Materia: Resolución · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Transelec contra SII por rechazo a devolución de PPUA por $158.433.082 del año 2014, ordenando dejar sin efecto la Resolución Exenta N°9/2017 que modificó arbitrariamente el resultado tributario sin fundamentación adecuada.
Transelec S.A., continuadora legal de Inversiones Eléctricas Transam Chile Limitada (Transam), realizó un proceso de reorganización empresarial mediante cuatro fusiones entre 2015 y 2015: fusión de Transmisora Abenor, Transmisora Araucana y Transmisora Huepil en Transam, y finalmente fusión de Transam en Transelec. Al término del giro de Transam el 31/08/2015, presentó F22 solicitando devolución de PPUA por $158.433.082. El SII modificó el resultado tributario de pérdida a ganancia y rechazó la devolución mediante Resolución Exenta N°9/2017, argumentando que la reorganización buscaba generar v
El SII argumentó que la reorganización pudo haberse efectuado mediante cesión de derechos sociales en un paso en lugar de cuatro fusiones, generando así mayor ventaja tributaria mediante mayores deducciones por amortización de goodwill. Consideró que las deducciones por amortización y castigo de goodwill no constituían gastos necesarios conforme al artículo 31 de la LIR. La reclamante controvierte esto alegando que: (1) la Resolución carece de fundamentación legal pues no explica los cálculos numéricos en que basa su conclusión; (2) la reorganización efectuada no buscaba ventajas tributarias s
Se acoge el reclamo de Transelec, dejando sin efecto la Resolución Exenta N°9/2017 del SII. Se autoriza la devolución de PPUA por $158.433.082 debidamente reajustada, validando íntegramente el resultado tributario declarado por Transam mediante F22 Folio N°0977125 para el período 01/01/2015 al 31/07/2015, con costas.
Mil sesenta y seis –1.066–
“TRANSELEC S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, diez de octubre de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don CRISTÓBAL POTTER KUNSTMANN, abogado, Cédula Nacional de Identidad N°15-550.406-4, en representación, de TRANSELEC S.A. (en adelante también, Transelec) RUT N°76.555.400-4 giro de transmisión de energía eléctrica, en su calidad de continuadora legal de INVERSIONES ELÉCTRICAS TRANSAM CHILE LIMITADA (en adelante también, Transam), RUT N°76.384.810-8, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Andrés Bello 2711, piso 4, comuna de Las Condes, Santiago, quien interpone reclamo contra la Resolución Exenta N0 9/2017, emitida con fecha 10 de febrero de 2017, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , en virtud de la cual se resolvió "No ha lugar" a la devolución por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (en adelante, PPUA), por un monto de $158.433.082, solicitada mediante Formulario 22 (en adelante, F22), Folio N°0977125, correspondiente al año tributario (en adelante AT) 2014, y solicita se deje sin efecto el mencionado acto administrativo, resolviendo acoger el reclamo en todas sus partes, validando íntegramente el resultado tributario declarado por Transam mediante F22, ya señalado, por el período que va desde el 01/01/2015 al 31/07/2015 y, en consecuencia, se autorice la devolución por concepto de PPUA, por la suma de $158.433.082, debidamente reajustada, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que expone:
En el capítulo de su libelo denominado “ANTECEDENTES DE HECHO”, expone:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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