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Tribunal · solo Pro
Neltume Ports SA con SII
Fecha: 08-01-2026 · Materia: Liquidación · Juez: Karla Liliana Ramos Narváez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Neltume Ports contra liquidación que rechazó gastos por asesorías y honorarios a directores, determinando incumplimiento de requisitos del artículo 31 LIR.
Neltume Ports SA presenta reclamo contra Liquidación N° 27 del 25 de agosto 2020 por el concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (PPUA) bajo artículo 97 LIR para AT 2017, en suma de $99.682.595. El SII fiscalizó solicitud de devolución de impuestos declarada por la empresa, cuestionando tres referencias: gastos por asesorías a Azerta con facturas, honorarios a directores Pablo Ihnen y Álvaro Brunet con boletas, y el cálculo de PPUA. La reclamante contrató a dichos directores para que actuaran en directorios de sociedades donde era accionista, y a Azerta para asesorías en infor
El tribunal analiza los requisitos exigidos por artículo 31 LIR para deducción de gastos: necesariedad, relación directa con el giro y fehaciencia. Respecto a Álvaro Brunet, aunque existe contrato de asesoría en materias técnicas, su participación en directorios obedece exclusivamente a su calidad de director conforme Ley 18.046, siendo función propia e indelegable. Solo consta una acta de representación de Neltume, siendo insuficiente para acreditar materialización de asesorías pactadas. Respecto a Pablo Ihnen, no existe contrato de prestación de servicios que acredite relación obligacional,
Se rechaza el reclamo y se confirma la Liquidación N° 27 del SII, determinando que los gastos invocados no cumplen requisitos copulativos del artículo 31 LIR. No se condena en costas al considerarse motivo plausible para litigar.
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EN SANTIAGO, A OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 24 de abril del año 2021, presentado por don
FRANCISCO SAFFIE GATICA , abogado, cédula de identidad número 9.389.313-1, en representación de NELTUME PORTS S.A; RUT: 76.237.330-0, ambos domiciliados para estos efectos en Luis Pasteur N° 5280, oficina 402, comuna de Vitacura, quienes en conformidad lo establecido en el Procedimiento General de Reclamaciones contenido en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo en contra de la Liquidación N° 27 de fecha 25 de agosto del año 2020 , en todo aquello que no fue modificado a través de la Resolución Ex. N° 124.120/2021 de fecha 15 de febrero del año 2021 , la cual ordenó un reintegro, por el concepto del artículo 97 de la LIR para el AT 2017, por la suma de $99.682.595, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio, solicitando que ésta sea dejada sin efecto y con ello se condene en costas a la reclamada.
Señala que como parte del programa de fiscalización denominado “Renta Masiva AT 2017”, emanado de la Subdirección de Fiscalización del Servicio, se efectuó una auditoria a la Declaración Anual de Renta correspondiente al AT 2017, respecto del F22 presentado por el con tribuyente. El objeto de dicha auditoría fue revisar la procedencia de la solicitud de devolución por concepto de P ago Provisionales por Utilidades absorbidas (en adelante PPUA) por aplicación del artículo 31 N° 3 de la LIR.
Indica que, en esta declaración de impuestos, el contribuyente consignó una pérdida tributaria de ($2.319.329.194) y una devolución de impuestos por $364.868.482, compuesto por: PPUA por $437.063.711; Pago s Provisionales Mensuales (en adelante PPM) por $3.058.531; Crédito por gasto por capacitación por $379.310; y pago por Impuesto Único del artículo 21 de la LIR. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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