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Tribunal · solo Pro
FORESTAL ARAUCO S.A. con SII
Fecha: 09-01-2026 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal Tributario acoge en parte la reclamación de Forestal Arauco en contra de los avalúos fiscales agrícolas 2024 por alza del 60,51%, dejando sin efecto dichos avalúos, no obstante que la Resolución Exenta N°150 del SII contenía fundamentación pese a las críticas metodológicas planteadas.
Forestal Arauco S.A. reclama contra avalúos fiscales de tres propiedades agrícolas en San Javier (Roles 275-1, 274-2 y 390-47) determinados por el SII en el reavalúo general 2024. Los avalúos aumentaron aproximadamente 60,51% respecto al semestre anterior. La empresa contrata consultoría que detecta presuntos errores metodológicos: datos obsoletos de 1961, falta de claridad en selección de muestras, inconsistencias en bases de datos (Formularios 2890) y imposibilidad de replicar cálculos. Alega vicios de legalidad, fundamentación y transparencia del acto administrativo.
El tribunal analiza si la Resolución Exenta N°150 y sus anexos contienen fundamentación suficiente conforme a arts. 11, 16 y 41 de Ley N°19.880, art. 8 bis N°4 letra a) CT, y arts. 3, 4 y 5 Ley N°17.235. Sostiene que la fundamentación debe ser suficiente para que la decisión sea conclusión lógica racional de normas habilitantes y hechos, no meros actos arbitrarios. Reconoce derecho del contribuyente a conocer motivos de decisiones que afectan su patrimonio. Examina si la metodología de reavalúo (basada en capacidad potencial de uso actual del suelo) cumple requisitos legales. Analiza estándar
Se acoge en parte la reclamación tributaria. El tribunal estima que la Resolución Exenta N°150 del SII y la determinación de los avalúos fiscales de los bienes raíces individualizados no cuentan con fundamentación suficiente, dejando sin efecto dichos avalúos conforme al proceso de reavalúo de bienes raíces agrícolas del año 2024. Se acogen los argumentos sobre falta de fundamentación y metodologí
“FORESTAL ARAUCO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
TALCA”
Rol · solo Pro
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Talca, a nueve de enero de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A folios 24-47 vuelta, complementado con escrito de folios 72-74, comparece don
FERNANDO LUCAS CALDERARA CEA, RUT N°16.948.235-7, abogado, en representación según se acreditará, de FORESTAL ARAUCO S.A., RUT N°85.805.200-9, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf N° 150, piso 11, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien interpone reclamo tributario conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la determinación de los avalúos fiscales respecto de las propiedades Roles Nos. 275-1, 274-2 y 390-47, todos de la comuna de San Javier, que fue realizada por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.) en el marco del proceso de reavalúo general de bienes raíces agrícolas 2024, con expresa condena en costas, fundamentado en la existencia de vicios de nulidad de Derecho Público y, en subsidio, en la causal N°1 del inciso segundo del artículo 124 del Código Tributario, en atención a los argumentos que, resumidamente, se exponen a continuación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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