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Tribunal · solo Pro
CLUB MORE SpA con SII
Fecha: 23-01-2026 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Lily Paola Feliu Azzar
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra infracción por no emisión de boletas. SII no acreditó adecuadamente la conducta infraccional por deficiencias en la notificación y contradiciones en la prueba rendida.
El 27 de marzo de 2025, fiscalizadores del SII inspeccionaron el local de Club More SpA ubicado en Viña del Mar. Consultaron el sistema FUDO y encontraron ventas por $28.393.706 en marzo, mientras que las boletas electrónicas emitidas ascendían a $17.145.730, generando una diferencia de $11.247.976. Se cursó infracción por no otorgamiento de documentos tributarios. La empresa alegó que la diferencia correspondía a ventas del local contiguo (SALAK More) que fue incorporadas erróneamente en los registros de marzo.
El tribunal considera que corresponde al SII acreditar la comisión de la infracción dada su naturaleza sancionatoria. La notificación no especificó cantidad, naturaleza ni fechas de los documentos supuestamente no emitidos, lo que impide al contribuyente conocer los hechos específicos imputados. Hay contradicción entre las alegaciones del SII respecto al uso de dispositivo Tablet y la Orden de Trabajo que indica que los fiscalizadores no contaban con dicho medio. El informe de Transbank, que sirve como fundamento principal de la infracción, no fue mencionado en la notificación ni acompañado en
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Denuncia Folio N° 1494052 de fecha 27.03.2025 por infracción sancionada en el artículo 97, N° 10 del Código Tributario. No se condena en costas a la reclamada por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
1
CLUB MORE SpA
RUT N° 77.271.347-9
Valparaíso, veintitrés de enero de dos mil veintiséis.
VISTO:
Que a fojas 1 compareció don Mariano Enrique Meriño Infante, RUT N° 13.385.465-7, en representación de CLUB MORE SpA. , RUT 77. 271.347-9, ambos domiciliados para estos efectos en 6 poniente 219, Viña del Mar, V Región, quien interpuso Reclamo en Procedimiento Especial para Aplicación de Ciertas Multas en contra de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos , respecto del Denuncio Folio N°1494052, por la infracción sancionada en el artículo 97, N° 10, del Código Tributario , en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que con fecha 27/03/2025 alrededor de las 18:00, dos inspectores del Servicio de Impuestos Internos se presentaron en el local, ingresaron al computador y revisaron las ventas en el sistema FUDO. Posteriormente , procedieron a cursar infracción por una diferencia de $11.247.976.
2. Afirma que tal diferencia es incorrecta , ya que corresponde al local contiguo de Club More, misma instalación del local, pero con venta de sistema FUDO independiente, aunque tributariamente corresponden a la misma razón social.
3. Agrega que dicha diferencia es la venta acumulada del mes de febrero del local contiguo , y que la venta acumulada del mes de febrero 2025 correspondiente al local anexo más el Club More de marzo a fin de mes , asciende a un total de $32.592.926.
4. Señala que si se desglosa del local anexo la venta neta del mes de marzo de ese momento da $5.125.200, y si se obtiene el desglose al final del mes de marzo es de $5.642.342.
5. Afirma que el total de ventas entre el Club More y local anexo del mes de marzo 2025 fue de $21.349.950. Arrojando una diferencia neta a fin de mes por FUDO de $11.248.986, con una pequeña variación según lo indicado por el SII de $11.247.976. 2 6. Indica que las instalaciones cuenta n con dos entradas, para dividir los dos locales y apuntar a públicos diferentes.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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