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Tribunal · solo Pro
MALDONADO BETTANCOURT con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 03-05-2011 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones de impuestos de contribuyente por falta de acreditación de malicia en declaraciones y prescripción de la acción fiscalizadora respecto de períodos 2005-2006.
Doña Lila Maldonado Bettancourt, empresaria del giro compraventa de excedentes industriales, reclamó contra liquidaciones números 170 a 179 emitidas por el SII el 28 de julio de 2010, por un monto total de $821.380.641. El Servicio determinó diferencias de impuestos a la renta para años 2005-2008, fundándose en la utilización de facturas ideológicamente falsas o no fidedignas que incrementaron gastos y rebajaron indebidamente la base imponible. La reclamante impugnó las liquidaciones alegando prescripción de la acción fiscalizadora y falta de acreditación de malicia en las declaraciones.
El Tribunal concluyó que el Servicio no acreditó fehacientemente que las declaraciones de años 2005 y 2006 fueron maliciosamente falsas, conforme exige la Circular Nº 73 de 2001. Analizó cada proveedor y sus facturas, encontrando que los documentos impugnados no permitían concluir su carácter ideológicamente falso o no fidedigno. Respecto de la prescripción, determinó que como la reclamante presentó todas sus declaraciones y no se acreditó malicia, no procedía aplicar el plazo extraordinario de 6 años sino el ordinario de 3 años. La Citación Nº 37 del 27 de octubre de 2009 extendió el plazo so
Se acoge totalmente el reclamo. Se declara prescrita la acción fiscalizadora respecto de liquidaciones números 170-175 (años 2005-2006), dejándolas sin efecto. Se deja sin efecto también las liquidaciones números 176-179 (años 2007-2008) por falta de acreditación de falsedad documental y malicia. No se condena en costas por haber existido motivo plausible para litigar.
RUC : 10900001679
RIT : GR03000092010
RECLAMANTE : Lila Maldonado Bettancourt.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamaciones C ódigo Tributario.
Antofagasta, a tres d ías de mayo de dos mil once.
VISTOS:
A fojas 14, comparece doña Lila Maldonado Bettancourt, Rol Único Tributario N ° 12.502.1921, empresaria del giro compraventa de excedentes industriales, con domicilio en A venida Rendic Nº 5309, Antofagasta, quien interpone reclamación en contra de las liquidaciones n úmeros 170 a 179 ambas inclusive, practicadas por la II Dirección Regional de Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos, de fecha 28 de julio de 2010, mediante las cuales el órgano fiscalizador determinó la existencia de diferencias de impuestos a la renta en los a ños tributarios 2005, 2006, 2007 y 2008 ; por un valor total de $821.380.641 (ochocientos veintiún millones trescientos ochenta mil seiscientos cuarenta y un pesos) . Dicho acertamiento se funda en la utilización de documentación (facturas) ideológicamente falsa o no fidedigna, contabilizadas en los Libros Diario y Mayor, y que han incrementado los gastos y rebajado indebidamente la base imponible de Primera Categoría en los períodos auditados, y motivan la deducción de Crédito Fiscal IV A, determinación de un mayor Impuesto a la Renta de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario y Reintegros en los términos y por los períodos que indican los actos reclamados.
A fojas 83, don Lautaro Molina Jiménez, abogado patrocinante y apoderado de la reclamante complementa y aclara lo expuesto en el escrito de reclamación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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