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Tribunal · solo Pro
GATICA ILLANES con SII
Fecha: 20-03-2026 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz agrícola · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de avalúo de bien raíz agrícola por insuficiencia probatoria respecto de servidumbre y tipo de camino de acceso, manteniéndose la Resolución SII que rechazó la solicitud de modificación.
Carlos Gatica Illanes, propietario del predio Rol de Avalúo N° 179-24 en Casablanca, reclamó contra la Resolución SII N° 272024257248 que rechazó su solicitud de modificación de avalúo. Argumentó que el predio está afecto a servidumbre de oleoducto Sonacol que restringe su explotación superficial, y que el acceso es mediante camino de tierra de más de 1 km, no asfaltado como indicaba el avalúo. El SII respondió que la normativa de reavalúo agrícola no contempla coeficientes de ajuste por servidumbres ni aplica rebaja si la distancia a vía asfaltada es menor a 1.000 metros.
El tribunal constató que existe servidumbre inscrita (fojas 94v N° 97 de 2003), pero la prueba aportada no permitía determinar la superficie afectada ni el porcentaje que representa respecto del predio. La Resolución Exenta SII N° 144 de 31.12.2019, aplicable al reavalúo de bienes raíces agrícolas, no contempla ajustes por servidumbres. Respecto al camino de acceso, los planos acompañados eran ilegibles y no permitían acreditar el tipo de pavimento en su totalidad. La Dirección de Vialidad confirmó que el predio no deslinda con caminos públicos. Por insuficiencia probatoria, no fue posible det
Se rechaza el reclamo de fojas 1. Se mantiene a firme la Resolución EX. SII N° 272024257248 de 01.02.2024. No se condena en costas a la parte reclamante vencida por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar.
1
GATICA ILLANES, CARLOS
RUT N° 5.932.669-4
Valparaíso, veinte de marzo de dos mil veintiséis.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Carlos Gatica Illanes, cédula de identidad N°5.932.669-4, domiciliado para estos efectos en Pasaje Hermanos de Belén 546, Villa Padre Hurtado, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, quien interpuso Reclamo de Avalúo, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Alega en contra de la RESOLUCIÓN EX. SII N° 272024257248 de fecha 01.02.2024, mediante la cual, el Servicio de Impuestos Internos, rechazó la petición administrativa OT N° 4175833, realizada por la contribuyente, con fecha 28.11.2023.
2. Indica que es dueño, junto a doña Alejandra Gatica Illanes y don Jaime Gatica Illanes, del predio Rol de Avalúo N° 179-24, inscrito a fojas 2529 N° 1692 del año 2023 del C onservador de Bienes Raíces de Casablanca. Agrega que, a dquirieron dicha propiedad por adjudicación en la partición de una comunidad hereditaria.
3. Señala que conforme al Certificado de Avalúo detallado del inmueble de autos, este tiene acceso por un camino asfaltado de 1km aproximadamente, lo que es erróneo.
4. Añade que el plano de asignación Cora, que se encuentra archivado bajo el número 220 del Registro de propiedad del año 1977 del Conservador de Casablanca, describe un camino interior de tierra de Poniente a Oriente; y, limita con la parcela 9 por el Oriente, que es uno de los predios que sí enfrenta el camino asfaltado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
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