Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
ANTOFAGASTA MINERALS S.A. con SII
Fecha: 06-04-2026 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
HA LUGAR EN PARTE+2.000M Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente la reclamación contra la Liquidación N°71 (2021) que tasó el precio de venta de acciones de EASA. Se confirma la tasación conforme al artículo 64 del CT por precio notoriamente inferior, pero se deja sin efecto la multa del artículo 97 N°11 del CT por ser inaplicable a reintegros de la LIR.
Antofagasta Minerals S.A. (AMSA) vendió el 50,13% de sus acciones en Energía Andina S.A. (EASA) a Bolivar Power Holdings Limited por USD $2.802.204. EASA poseía el 40% de Javiera SpA. Simultáneamente, Origin vendió el 49,87% de EASA por USD $7.579.796 y SunEdison vendió el 60% directo de Javiera SpA por USD $17.520.000. El SII cuestionó que AMSA recibió un precio notoriamente inferior al de mercado (51,54% menos que lo proporcional). AMSA reclamó alegando falta de motivación, improcedencia de tasación por diferencia mínima y que no había perjuicio fiscal.
El tribunal concluyó que: (1) la Liquidación N°71 cumple requisitos de motivación suficientes y la reclamante ejerció adecuadamente su defensa; (2) concurren los tres requisitos del artículo 64 del CT: el precio sirvió de base para determinar el Impuesto Único del artículo 21 de la LIR, fue notoriamente inferior (AMSA recibió 10,04% del total pagado por 20,052% del activo), y las circunstancias invocadas (opción gratuita, financiamiento de Origin, situación de SunEdison, estrategia corporativa) son subjetivas y no justifican el menor valor de mercado; (3) la multa del artículo 97 N°11 del CT e
Se acoge en parte el reclamo: se confirma la Liquidación N°71 en lo concerniente a la tasación y reintegro del artículo 97 de la LIR por USD $1.192.317,12, pero se deja sin efecto la multa del artículo 97 N°11 del Código Tributario. No se condena en costas.
1
EN SANTIAGO, SEIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 23 de abril de 2022, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don ALONSO MORALES MUÑOZ , abogado, RUT N°13.343.198-5, en representación de la ANTOFAGASTA MINERALS S.A., RUT N°93.920.000-2 (en adelante “AMSA”) , ambos domiciliados para estos efectos en Av. Isidora Goyenechea N°3520, piso 12, comuna de Las Condes , mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N°71, de fecha 27 de agosto de 2021 , emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , que estableció una diferencia por concepto de Impuesto Único del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante “LIR”) para el Año Tributario (en adelante “AT”) 2018, ascendente a la suma de US D $1.197.081,48.-, producto de una tasación efectuada conforme a lo dispuesto en el artículo 64 del Código Tributario; o en subsidio, se deje sin efecto la multa aplicada conforme al artículo 97 N°11 del Código Tributario; con expresa condena en costas al SII. En su reclamo, el contribuyente sostiene en síntesis que , corresponde a una sociedad anónima, cuyo objeto principal es la exploración, desarrollo y explotación de yacimientos y sustancias minerales, así como la producción y comercialización de minerales y sus subproductos ; que su participación en la explotación de proyectos de energía es solo como inversionista y en la medida que sirva de apoyo a su giro principal ; y que tributa sobre renta efectiva determinada con contabilidad completa y balance general, contando además con autorización para llevar contabilidad y declarar su renta en moneda extranjera. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.