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Tribunal · solo Pro
VEOLIA SU CHILE S.A. con SII
Fecha: 10-04-2026 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
HA LUGAR EN PARTE+8.000M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Veolia contra liquidaciones tributarias por IDPC 2018, reconociendo pérdida de arrastre y rechazando algunas partidas de gastos por insuficiente acreditación documental.
Veolia SU Chile S.A. reclama contra Liquidaciones N° 787, 788 y 789 de 2020 que determinaron diferencia de IDPC por $120.960.653 y redujeron pérdida de arrastre a $5.722.855.862. La empresa sostiene que sus pérdidas tributarias (1998-2003) derivaron de gastos extraordinarios en reparación de relleno sanitario Colihues-La Yesca por $4.567.221.177, generadas por fallas geotécnicas no informadas en EIA. El SII rechazó documentación por no estar digitalizada durante pandemia. Posteriormente, RAV parcial de febrero 2021 modificó liquidaciones.
El tribunal analiza si el SII incurrió en errores procedimentales al desconocer documentación puesta a disposición del fisco. Examina si la pérdida de arrastre se encuentra debidamente respaldada conforme al artículo 31 LIR. Respecto de gastos específicos (provisión cierre relleno sanitario $490.670.679 y pérdida venta activos fijos $299.322.255), el tribunal constata que el contribuyente debe probar renta efectiva con contabilidad fidedigna y documentación de respaldo conforme artículos 17 y 18 CT. Para la provisión de cierre, verifica que no existe explicación clara de cómo fue compensada. P
Se acoge parcialmente el reclamo. Se reconoce que la reclamante aportó antecedentes contables respaldatorios para varias partidas cuestionadas. Respecto de la provisión de cierre relleno sanitario por $490.670.679, se rechaza por insuficiente acreditación de su compensación con utilidades futuras. Se valida parcialmente la pérdida en venta de activos fijos en la medida que existe documentación de
EN SANTIAGO, A DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 24 de abril del año 2021, presentando por don FELIPE YÁÑEZ VILLANUEVA, abogado, cédula de identidad número 12.255.078-8, en representación de VEOLIA SU CHILE S.A., RUT N° 87.803.800-2, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro El Plomo 5680, oficina 301, comuna de Las Condes, quien en virtud de lo establecido en el Procedimiento General de Reclamaciones contenido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra de las Liquidaciones N° 787, 788 y 789, emitidas con fecha 26 de agosto de 2020, en la parte que no fue modificada por la Resolución Exenta RAV N° 124.856, todas dictadas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, mediante las cuales se determinó para el AT 2018 una diferencia por Impuesto de Primera Categoría (en adelante IDPC) por $120.960.653 y redujo la pérdida de arrastre declarada en ese periodo a la suma de $5.722.855.862, solicitando que se dejen sin efecto y por tanto se declare que la pérdida tributaria de arrastre asciende a $18.798.080.930.
Que, en cuanto al proceso que dio origen a la emisión de los actos recurridos, señala que el contribuyente recibió la Notificación N° 305-4 de fecha 26 de agosto del año 2019, en la cual se le requirió, en términos generales, que acompañara la información tributaria y contable del AT 2018 como parte del programa de “Análisis Sub-declaración de RLI por imputación de pérdida de arrastre”, a lo que el contribuyente dio respuesta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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