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Tribunal · solo Pro
LOUISIANA PACIFIC CHILE S.A. con SII
Fecha: 23-04-2026 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Louisiana Pacific contra infracción por no emisión de documento tributario, tras reconocimiento del SII de que guía de despacho fue emitida dentro de plazo prudencial.
El 3 de junio de 2025, fiscalización en control carretero detectó traslado de mercaderías con guía de despacho electrónica N°264809 emitida por Louisiana Pacific el 31 de mayo de 2025. Se cursó infracción al transportista por art. 97 N°17 del CT. Posteriormente, el 11 de agosto de 2025, se notificó infracción a Louisiana Pacific por art. 97 N°10 CT, alegando no emisión de documento válido. La empresa emitió guía de despacho N°264809 el 31 de mayo a las 14:48 hrs. y factura electrónica N°251386, pagó impuestos mediante Formulario 29.
El tribunal analiza que el Servicio de Impuestos Internos, mediante Resolución Exenta N°1.515-1.012/2025 del 4 de noviembre de 2025, reconoció que los documentos tributarios fueron emitidos con anterioridad a la fiscalización y dentro de un lapso prudencial admitido por la normativa. El lapso entre emisión (31.05.2025) y fiscalización (03.06.2025) resultaba razonable conforme a art. 70 del Reglamento sobre IVA. El propio SII concluyó que la infracción fue cursada sin ponderar el plazo prudencial, configurando vicio o error manifiesto que justificaba su corrección de oficio. El tribunal estima
Se acoge el reclamo interpuesto por Louisiana Pacific. Se deja sin efecto la Notificación de Infracción Folio N°1434292 del 11 de agosto de 2025. Se exonera de costas a ambas partes por tener motivo plausible para litigar.
“LOUISIANA PACIFIC CHILE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO NORTE”
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM : 213,68
Multa UTM : 0
Reajuste UTM : 0
Intereses UTM : 0
Cuantía Bruta UTM : 213,68
Santiago, a veintitrés de abril del dos mil veintiséis.
VISTOS.
A fojas 01 y siguientes del expediente electrónico, con fecha 29 de agosto de 2025, comparece don FREDERICK PETER PRICE VICARI , cédula de identidad N° 7.148.524-2, en representación de LOUISIANA PACIFIC CHILE S.A. , RUT N° 96.874.160-8, (en adelante indistintamente, la “Reclamante” o el “Contribuyente”) , ambos domiciliados para estos efectos en Av. Avenida Santa Clara N°85, piso 8, Ciudad Empresarial, comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien en tiempo y forma interpone reclamo tributario de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 97 N°10 y 165 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Infracción Folio N°1434292 de fecha 11 de agosto de 2025, emitido por la Unidad de Recoleta perteneciente a la XIX Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante indistintamente, el “Servicio”, “SII”, o la “Reclamado”).
I. ANTECEDENTES DE LA COMPAÑÍA El reclamante expone que LOUISIANA PACIFIC CHILE S.A., RUT N°96.874.160 -8, corresponde a una sociedad anónima constituida en agosto de 1998, cuyo giro principal consiste en la fabricación, elaboración, manufactura, importación, exportación y comercialización de materiales de construcción y productos relacionados, todo ello conforme a su objeto social.
II. SOBRE LOS HECHOS Y LA INFRACCIÓN RECLAMADA
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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