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Tribunal · solo Pro
FUENTEALBA CANALES con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 30-07-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Comerciante fue sancionada por no emitir boletas durante ventas de jugos en día domingo. El tribunal confirmó la infracción por incumplimiento del art. 97 N°10 del CT.
El 14 de junio de 2015, fiscalizadores del SII inspeccionaron un quiosco de venta de jugos naturales en el Cerro San Cristóbal. Al momento de la fiscalización, la reclamante no había emitido boletas por ventas realizadas ese día. Los fiscalizadores constataron ventas por aproximadamente $70.000 sin documentación tributaria. La reclamante argumentó que fue día domingo con bajo flujo de clientes. Luego emitió boleta N°316755 por $70.000 en reconocimiento de las ventas. Se cursó infracción N°1150681.
El tribunal analizó que la infracción constituye un acto administrativo sujeto a principios del derecho penal: legalidad, tipicidad, debido proceso y defensa. Confirmó que se acreditó fehacientemente la omisión de emisión de boletas por fiscalizadores del SII que presenciaron las ventas. Aplicó el artículo 97 N°10 del CT, que sanciona el no otorgamiento de boletas en los casos exigidos por ley. Consideró bajo el artículo 107 del CT factores atenuantes como la cooperación de la contribuyente y ausencia de reincidencia, decidiéndose no aplicar la sanción mínima.
Se desestimó el reclamo. Se confirmó la infracción N°1150681 del 14 de junio de 2015 aplicando multa del 100% del monto de operación ($70.000) y clausura de dos días del establecimiento. No se condenó en costas por tener motivo plausible para reclamar.
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“ROXANA PILAR FUENTEALBA CANALES con SII, DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO NORTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Santiago, treinta de julio de dos mil quince.
VISTOS
Uno. Reclamo.
A fojas 2 la reclamante ROXANA PILAR FUENTEALBA CANALES, RUT N° 13.107.419-0, comerciante, domiciliada para estos efectos en calle Pio Nono N° 450 , Comuna de Recoleta, Ciudad de Santiago, (en adelante el reclamante) interpone reclamo en tiempo y forma en contra de infracción N° 1150681 , de fecha 14 de junio de 2015 , emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos
Internos, representada por don Hugo Horta B arahona, Director Regional, domiciliado para estos efectos en Av. Recoleta N° 672, Comuna de Recoleta , Ciudad de Santiago (en adelante el Servicio, Servicio de Impuestos Internos o el reclamado) fundando su acción de reclamación en los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
I.- LOS HECHOS: 1.- Que con fecha 14 de junio de 2015, alrededor de las 12 horas, al poco rato después de haber abierto el quiosco que trabajo, inspectores del Servicio de Impuestos Internos concurrieron al lugar señalado e hicieron una Fiscalización. 2.- Dicha fiscalización llego a la equ ívoca conclusión de no haber emitido boleta, ya que solo se habían girado 4 boletas y en base a la cantidad de mercancía que existía debió haberse entregado boletas por alrededor de $70.000. - (setenta mil pesos), ordenando en ese momento que se emitiera una boleta por el monto señalado. 3.- En efecto el día indicado se habían emitido solo cuatro boletas, ya que en la mañana se habían realizado solo cuatro ventas, debido a ser día domingo en la mañana y hacer mucho frío.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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