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Tribunal · solo Pro
SOTO IBAÑEZ con SII
Fecha: 28-04-2022 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra infracción por no otorgar boleta en venta de bebida. Confirma multa de $94.132 y clausura de 6 días.
El 28 de enero de 2018, funcionarios del SII fiscalizaron la botillería de Héctor Soto Ibáñez ubicada en Santa Teresita Nº 7499, Cerrillos. Detectaron que el contribuyente vendió una bebida por $1.500 sin otorgar boleta al cliente. El contribuyente alega que dejó la boleta en el mostrador y que el cliente se negó a llevarla. El SII cursó Infracción Nº 1158865 por artículo 97 Nº 10 del CT. Posteriormente, el SII aplicó multa de $94.132 y clausura de 6 días del establecimiento.
El tribunal acogió el relato de la fiscalizadora Glenda Pereira, quien comparece como testigo y posee calidad de ministro de fe conforme artículos 3 de Ley 19.226 y 51 de Ley Orgánica del SII, con más de 10 años de experiencia en fiscalización. Su declaración resulta consistente con los documentos adjuntos. El contribuyente no aportó antecedentes que acreditaran sus alegaciones respecto de haber entregado la boleta en el mostrador. El hecho de que la boleta conste contabilizada en enero 2018 no desvirtúa la infracción, pues fue emitida a petición de los fiscalizadores después de detectada la f
Se rechaza reclamo tributario. Se confirma Infracción Nº 1158865 de 28 de enero de 2018 y las sanciones: multa de $94.132 y clausura de 6 días. No se condena en costas por haber motivo plausible para litigar.
“SOTO IBAÑEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Rol · solo Pro Rol · solo Pro CUANTÍA: 2 UTM Santiago, veintiocho de abril de dos mil veintidós. VISTOS. A fojas 01, con fecha 08 de febrero de 2018, comparece don HÉCTOR AMIDES SOTO IBAÑEZ, Cédula Nacional de Identidad Nº 6.252.595-9, domiciliado en calle Santa Teresita Nº 1499, comuna de Cerrillos, Santiago, (en adelante indistintamente, el “Reclamante” o el “Contribuyente”) quien en tiempo y forma, interpone reclamo tributario de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 97 y siguientes del Código Tributario, en contra del siguiente acto administrativo de la Dirección de Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante indistintamente, el “Servicio”, “SII”, la “Administración” o el “Reclamado”): Notificación de Infracción Nº 1158865 de fecha 28 de enero de 2018 en virtud del artículo 97 Nº 10 del Código Tributario. I. FASE DE DISCUSIÓN. A. RECLAMO TRIBUTARIO. I.- LOS HECHOS. Señala que, con fecha 28 de enero de 2018 asiste inspectora a su negocio. Agrega que, en esta actuación, aparece una inspectora (sin identificación) cursándole un parte Nº 1158865 (Notificación Infracción) aplicando una infracción del artículo 97 del Código Tributario, indicando que no le entregó la boleta a la persona que ingresó a comprar. Señala que, dejó la boleta en el mostrador, habiéndose negado el cliente a llevársela y que otros contribuyentes que se encontraban presentes en el negocio se dirigieron a la inspectora de mala forma por dicha razón. Destaca que, el valor total del monto reclamado asciende a la suma de $1.500 pesos. Expone que, conforme a los hechos descritos, a su juicio, se encontraban clientes en el en el negocio que se dieron cuenta de la injusticia y ellos comenzaron a insultar a la inspectora.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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