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Tribunal · solo Pro
GIDDINGS CERASUS SA con SII
Fecha: 12-08-2026 · Materia: Resolución
RECHAZA+2.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de GIDDINGS CERASUS S.A. contra modificación de pérdida tributaria por falta de acreditación fehaciente de gastos erróneamente clasificados como remuneraciones en AT 2018.
GIDDINGS CERASUS S.A. presentó declaración de renta AT 2018 con pérdida tributaria de $3.267.145.565. El SII realizó fiscalización con observaciones (aviso 20/05/2018) y citación N°101 (28/04/2021). La empresa no respondió la citación. El SII modificó la pérdida a $2.716.713.000. La empresa presentó RAV, que fue acogida parcialmente, fijándose pérdida en $2.783.682.848. La controversia radica en $483.462.717 por gastos que la empresa sostiene fueron erróneamente clasificados como remuneraciones en lugar de otros gastos deducibles.
El tribunal analiza que si bien el SII aceptó como gasto remuneraciones por $1.539.454.897 (superior al total de nómina de $1.276.760.782 según libro de remuneraciones), la reclamante no acreditó fehaciente y copulativamente los requisitos del artículo 31 de la LIR respecto de los gastos cuestionados (honorarios, asesorías, arriendos, servicios, etc.). La reclamante solo aportó tablas de cuentas sin los documentos probatorios requeridos: boletas, facturas, contratos, libro de compras, libro diario. El artículo 31 LIR exige acreditación fehaciente ante el SII. La prueba rendida sobre remuneraci
Se rechaza el reclamo interpuesto contra Resolución Exenta N°630(445) del 22/07/2021. Se confirma la pérdida tributaria de $2.783.682.848 fijada por Resolución RAV N°148.061/73 del 11/01/2022. Cada parte paga sus propias costas.
“GIDDINGS CERASUS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° GR-18–00011-2022
Santiago, doce de agosto de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 3, comparece don Ricardo Hott Fuica , abogado, en representación de GIDDINGS CERASUS S.A., RUT N°76.193.074-5, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello N°2711, piso 4, comuna de Las Condes, quien, de conformidad a los artículos 123 y siguientes d el Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Resolución Exenta N°630 (445), emitida y notificada con fecha 22 de julio de 2021, por la XIX Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , solicitando que sea modificada y se determine una p érdida tributaria ascendente a $3.267.145.565 establecida por la actora , o en el monto que e ste tribunal estime conveniente conforme al mérito del proceso, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
En el capítulo de su reclamo titulado: “CONSIDERACIONES PREVIAS”, explica que la reclamante es una sociedad anónima cerrada, constituida mediante escritura pública de fecha 29/05/2012, siendo su giro principal la compra, venta, comercialización, importación y exportación de toda clase de productos agrícolas y frutícolas en general, sea por cuenta propia o ajena.
En el capítulo de su libelo denominado: “HECHOS”, expone, primeramente, que:
a) Con fecha 26/04/2018, la actora presentó su declaración de impuestos a la renta AT 2018, Formulario 22 (en adelante, F22) , folio 235807108, declarando una pérdida tributaria de $3.267.145.565, conforme lo informado en la DJ 1926 del AT 2018, folio 7592173, de fecha 17/04/2018;
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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