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Tribunal · solo Pro
PLANTIN SPA con SII
Fecha: 18-08-2026 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo tributario contra infracción por omisión de emisión de boletas electrónicas. Se confirma la infracción y multa, pero se reduce la clausura de 6 a 2 días por proporcionalidad.
El 12 de abril de 2025, fiscalizadores del SII inspeccionaron el vivero de Plantín SpA en Calera de Tango. Durante la fiscalización constataron que doña Violeta Fernández, presente en el local, llevaba un registro de ventas en efectivo sin boletas electrónicas emitidas. La empresa contaba con sistema de emisión electrónica registrado desde 2022, pero los operarios presentes carecían de claves de acceso. Se cursó infracción N°1488220 por omisión de boleta por venta de $2.000 en efectivo. La reclamante alegó que Violeta Fernández no tenía vínculo laboral formal, que no hubo acto de comercio exig
El tribunal estima probada la infracción conforme al artículo 97 N°10 del CT: la ministra de fe constató presencialmente operaciones de venta en efectivo sin emisión de boletas, la encargada reconoció tal hecho, y registros digitales corroboran ausencia de emisión entre marzo y primeros días de abril 2025. La delegación de funciones y ausencia de vínculo formal no eximen al contribuyente de su obligación. La proporcionalidad de la sanción exige considerar el bajo monto involucrado ($2.000), ausencia de dolus, falta de reiteración previa, e incorporación del contribuyente al sistema de emisión.
No ha lugar al reclamo. Se confirma la existencia de la infracción y la multa conforme al artículo 97 N°10 del CT. Se reduce la sanción de clausura de 6 días a 2 días, por estimarse más acorde con principios de proporcionalidad y razonabilidad.
“PLANTIN SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SUR”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 2
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 2
Santiago, a dieciocho de agosto de dos mil veintiséis
VISTOS
I.- FASE DE DISCUSIÓN
A.- RECLAMO
Con fecha 21 de abril de 2025, en folios 1-3, compareció don Benjamín Langer Fernández, C.I Nº 18.166.971-3 representante legal de PLANTÍN SpA, RUT 76970559- 7, giro Cultivo de plantas vivas, ambos con domicilio en Avenida Calera de Tango Cond. El Acacio, comuna de Calera de Tango, quien dedujo Reclamo en contra de las actuaciones que más adelante se individualizan, acto(s) obrado por el Servicio de Impuestos Internos, a través de su fiscalizadora N°4806 Sra. Claudia Fednan Silva, D irección Regional N° XVI, conforme los antecedentes de hecho y de derecho que expone. 1.- LOS HECHOS
Afirmó que, con fecha 12 de abril de 2025, en dependencias de la empresa afectada, se lleva a cabo Fiscalización presencial producto de la cual se cursa infracción N° 1488220 y notificada en misma fecha, la cual señala: "No emite ni otorga boleta electrónica de ventas y servicios por la venta de almácigos (plantas), debidamente pagada en efectivo. Al momento de la fiscalización, no tiene sistema habilitado para emitir boletas electrónicas."
Indicó que, el monto total reclamado asciende a la suma de $136.612, así mismo, la pena asignada trae aparejada la clausura de la actividad comercial por 6 días; todo en relación con la infracción contenida en el artículo 97 N°10 del Código Tributario. e3ad022792274dd191f123697edba684
Sostuvo que, es respecto de esta infracción que, a juicio de su parte, se cometen infracciones que solo pueden ser reparados mediante la intervención de este Tribunal, las cuales se expresan a continuación:
I.- Respecto de la persona fiscalizada
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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