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Tribunal · solo Pro
SII con RIVAS CORREA
Fecha: 19-08-2026 · Materia: Solicitud Art. 62
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge solicitud del SII para que bancos entreguen información bancaria de contribuyente por procedimiento de recopilación de antecedentes por delitos tributarios, verificándose cumplimiento de requisitos legales.
El SII, por su Director, solicita judicialmente al Tribunal Tributario que ordene a Banco de Chile y Banco del Estado de Chile entregar información bancaria (cartolas y transferencias) del contribuyente Juan Andrés Rivas Correa, RUT 12.284.841-8, entre enero 2024 y diciembre 2025. El contribuyente realiza actividades de construcción de proyectos de servicio público. Se alega que utilizó 58 facturas falsas de proveedores irregulares entre marzo y diciembre 2025, generando crédito fiscal irregular de $76.288.110 en IVA, con el 92,59% de sus créditos fiscales provenientes de proveedores con irreg
El Tribunal constata que el artículo 62 N°4 del Código Tributario establece procedimiento especial y secreto para requerimiento de información bancaria en tres hipótesis específicas, incluida la del artículo 161 N°10 (recopilación de antecedentes por delitos tributarios). Verifica que la solicitud cumple con los requisitos legales: (1) individualización del titular (Rivas Correa), (2) especificación de operaciones y productos bancarios (cartolas y transferencias), (3) períodos solicitados (enero 2024-diciembre 2025), (4) acompañamiento de antecedentes del procedimiento de recopilación iniciado
Se acoge la solicitud del SII. Se ordena a Banco de Chile y Banco del Estado de Chile entregar cartolas bancarias de cuentas corrientes 002070390406 y 28200271906 respectivamente, registros de transferencias electrónicas, y cualquier otra cuenta o producto bancario del contribuyente, período enero 2024-diciembre 2025. Notificación por correo electrónico al SII.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
CORREA”
Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
SGP
En Providencia, a diecinueve de agosto de dos mil veintiséis.
Por ingresado a mi despacho con esta fecha:
A LOS AUTOS certificados emitidos por la Secretaria del Tribunal y por la OJV.
Al escrito de 04.08.2026, N°98734, presentado por el SII a través de la Oficina Judicial Virtual (OJV), resuelvo:
A LO PRINCIPAL: VISTOS Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, don JORGE RODRIGO TRUJILLO PUENTES , Director del Servicio de Impuestos Internos deduce requerimiento de entrega de información bancaria, en virtud de lo dispuesto en el inciso 3° N° 4 del artículo 62 del Código Tributario para que este Tribunal autorice a BANCO DE CHILE, RUT N°97.004.000-5, representado legalmente por su gerente general, don Eduardo Ebensperguer Orrego, RUT N°6.926.510-3, ambos domiciliados en Paseo Ahumada 251, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, entregar la información bancaria correspondiente a la cuenta corriente N° 002070390406 y a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, RUT N°97.030.000-7, representado legalmente por su gerente general, doña Andrea Silva Da- Bove, RUT N°12.585.247- 5, ambos domiciliados en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N°1111, Santiago, entregar la información bancaria correspondiente a la cuenta corriente N°28200271906, contratados con el mencionado banco, por el contribuyente JUAN ANDRÉS RIVAS CORREA, RUT N°12.284.841- 8 (en adelante, el “Requerido”), respecto de las operaciones comprendidas entre el 01 de enero de 2024, al 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive, en específico, la información relativa a los estados de movimientos (cartolas) de dichas cuentas corrientes y registro de transferencias electrónicas recibidas y emitidas, así como de cualquier otra cuenta corriente u otro producto bancario que detente en dichas instituciones, en virtud de los antecedentes que a continuación señala: 7de14b3c5b8f4a08b96c90cdbe4a289e 1.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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